Subvenciones del 0,7% IRPF para programas sociales en la Comunitat Valenciana
Entidades del tercer sector de acción social y ONG en la Comunitat Valenciana
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES · nº 918272
Título oficial: Convocatoria para la concesión de subvenciones, para la realización de programas de interés general para atender a fines de carácter social con cargo 0,7% IRPF
Financia programas de interés general para atender necesidades de asistencia social dirigidas a personas en situación de pobreza, exclusión social u otras situaciones de especial vulnerabilidad en la Comunitat Valenciana, con cargo al 0,7% del IRPF.
Presupuesto
27.860.673 €
Plazo de solicitud
18 de 20 díasQuedan 2 días
Abrió 10/07 · cierra 30/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar programas de interés general con gastos corrientes y de capital para atender fines sociales dirigidos a personas en situación de pobreza, exclusión social u otras situaciones de especial vulnerabilidad en la Comunitat Valenciana, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del IRPF.
Quién puede solicitarla
Entidades del tercer sector de acción social (según art. 2 de la Ley 43/2015), entidades u organizaciones no gubernamentales, y agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Generalitat Valenciana (presentación telemática obligatoria con firma electrónica)
Forma de pago
Transferencia bancaria a la cuenta designada por la entidad beneficiaria
Requisitos clave
- Tener la consideración de entidad del tercer sector de acción social conforme a la Ley 43/2015, o ser ONG o agrupación sin personalidad jurídica
- Presentar solicitud telemática con firma electrónica propia o de representante
- Presentar una única solicitud telemática por entidad solicitante
- No incurrir en causas legales que impidan obtener la condición de beneficiaria (art. 13 Ley 38/2003)
- Designar cuenta bancaria para la transferencia de la subvención
Gastos subvencionables
- Gastos de naturaleza corriente (ejes 1 a 17)
- Gastos de naturaleza de capital (ejes 18 y 19)
Documentación requerida
- Solicitud telemática (parte general y parte específica de la convocatoria) firmada electrónicamente
- Declaración responsable de no concurrencia de causa legal para ser beneficiaria (art. 13 Ley 38/2003)
Obligaciones posteriores
- Permitir el acceso a la Plataforma Autonómica de Interoperabilidad
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 30/07/2026 — quedan 2 días para solicitarla.
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