Financia programas de FP básica y aulas profesionales en Cantabria
Para entidades privadas sin ánimo de lucro en Cantabria
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES · nº 924571
Título oficial: Subvenciones para entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de formación profesional básica en las modalidades de aula profesional básica y programas específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Canta
Estas subvenciones están destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para impulsar el desarrollo de programas de formación profesional básica, incluyendo las modalidades de aula profesional básica y programas específicos, en Cantabria.
Presupuesto
400.000 €
Plazo de solicitud
20 de 20 días15/08/2026 — 04/09/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Cantabria
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 80.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la impartición de programas de Formación Profesional Básica en la modalidad de aula de FPB (40.000 € por ayuda) y en la modalidad de programa específico de FPB (80.000 € por ayuda, dos cursos académicos), con un máximo de 6 y 2 ayudas respectivamente.
Quién puede solicitarla
Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos de las bases reguladoras (Orden EDU/23/2023) y de la Orden ECD 72/2014, y no incurran en las prohibiciones del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.
Periodo de ejecución
Modalidad aula de FPB: último trimestre de 2026 hasta agosto de 2027. Modalidad programa específico de FPB: último trimestre de 2026 hasta agosto de 2028.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.
Requisitos clave
- Ser entidad privada sin ánimo de lucro
- Cumplir los requisitos de la Orden EDU/23/2023 (bases reguladoras)
- Cumplir las condiciones de la Orden ECD 72/2014 sobre programas de FPB en Cantabria
- No incurrir en ninguno de los supuestos del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
Exclusiones
- Entidades que incurran en alguno de los supuestos del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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