No solicitable Cerrada Autonómica · Cantabria

Financia programas de FP básica y aulas profesionales en Cantabria

Para entidades privadas sin ánimo de lucro en Cantabria

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES · nº 924571

Título oficial: Subvenciones para entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de formación profesional básica en las modalidades de aula profesional básica y programas específicos de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Canta

Estas subvenciones están destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para impulsar el desarrollo de programas de formación profesional básica, incluyendo las modalidades de aula profesional básica y programas específicos, en Cantabria.

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Presupuesto

400.000 €

Plazo de solicitud

20 de 20 días

15/08/2026 — 04/09/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Cantabria

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 80.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar la impartición de programas de Formación Profesional Básica en la modalidad de aula de FPB (40.000 € por ayuda) y en la modalidad de programa específico de FPB (80.000 € por ayuda, dos cursos académicos), con un máximo de 6 y 2 ayudas respectivamente.

Quién puede solicitarla

Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos de las bases reguladoras (Orden EDU/23/2023) y de la Orden ECD 72/2014, y no incurran en las prohibiciones del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.

Periodo de ejecución

Modalidad aula de FPB: último trimestre de 2026 hasta agosto de 2027. Modalidad programa específico de FPB: último trimestre de 2026 hasta agosto de 2028.

Plazo de solicitud

15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Requisitos clave

  • Ser entidad privada sin ánimo de lucro
  • Cumplir los requisitos de la Orden EDU/23/2023 (bases reguladoras)
  • Cumplir las condiciones de la Orden ECD 72/2014 sobre programas de FPB en Cantabria
  • No incurrir en ninguno de los supuestos del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria

Exclusiones

  • Entidades que incurran en alguno de los supuestos del art. 12.2 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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