Financia programas de formación en competencias digitales para trabajadores ocupados
Para empresas, autónomos, administraciones y otras entidades de Castilla y León
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN · nº 904294
Título oficial: Resolución de 07 de mayo 2026 del Presidente del S.P.E. de CyL, por la que se convocan subvenciones públicas destinadas a la financiación de programas de formación en competencias digitales para trabajadores ocupados en Castilla y León 2026-2027
Estas subvenciones públicas financian programas de formación en competencias digitales. Están destinados a trabajadores ocupados en Castilla y León.
Presupuesto
3.500.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días13/05/2026 — 26/05/2026
Beneficiarios
Gran empresa, Otro, Autónomo, PYME, Administración pública, Asociación / ONG, Cooperativa, Universidad
Ámbito
Autonómica · Castilla y León
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de programas de formación para la adquisición y mejora de competencias digitales básicas y avanzadas, incluida ciberseguridad, dirigidos a trabajadores ocupados en Castilla y León. Máximo 10 programas subvencionables.
Quién puede solicitarla
Entidades de formación o agrupaciones de las mismas inscritas en el Registro de Entidades de Formación para impartir en modalidad presencial o teleformación las especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas por las que soliciten subvención.
Periodo de ejecución
2026-2027
Plazo de solicitud
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Cómo se presenta
Telemático a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Requisitos clave
- Estar inscritas en el Registro de Entidades de Formación en la fecha de publicación del extracto en el BOCyL.
- Estar inscritas para impartir en modalidad presencial o teleformación las especialidades solicitadas.
- Las entidades pueden concurrir individualmente o en una sola agrupación, siendo ambas opciones incompatibles entre sí.
- Si la entidad es titular de instalaciones inscritas o acreditadas para la especialidad en el ámbito territorial de impartición, debe concurrir con sus propias instalaciones.
- Los programas deben incluir acciones formativas de competencias básicas y/o avanzadas relacionadas con transformación digital y ciberseguridad de los Anexos X.1, X.2.A y X.2.B.
Gastos subvencionables
- Programas de formación en competencias básicas relacionadas con la transformación digital (modalidad presencial).
- Programas de formación en competencias avanzadas generales y de ciberseguridad (modalidad presencial y/o teleformación).
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I de la resolución), presentada telemáticamente.
Exclusiones
- Las entidades no pueden concurrir simultáneamente de forma individual y como parte de una agrupación.
- No se pueden usar instalaciones de terceros si la entidad dispone de instalaciones propias inscritas o acreditadas para la especialidad en el ámbito territorial de impartición.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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