Financia programas de adicciones
Para entidades locales de La Rioja
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES · nº 900814
Título oficial: SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES EN MATERIA ADICCIONES
Estas subvenciones apoyan a las entidades locales de La Rioja en el desarrollo de programas y actividades en materia de adicciones.
Presupuesto
120.000 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días07/05/2026 — 06/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar planes, programas o actuaciones de prevención de adicciones y promoción y educación para la salud en la comunidad, durante el ejercicio 2026.
Quién puede solicitarla
Entidades locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja que hayan realizado o vayan a realizar, en sus respectivos territorios y durante 2026, planes, programas o actuaciones de prevención de adicciones y promoción y educación para la salud.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026.
Plazo de solicitud
Un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org, oficina electrónica, apartado Salud).
Forma de pago
Según lo previsto en el artículo quince de las bases reguladoras.
Requisitos clave
- Ser entidad local de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Haber realizado o tener previsto realizar en 2026 planes, programas o actuaciones de prevención de adicciones y promoción y educación para la salud.
- Presentar la documentación establecida en el artículo 8 de las bases reguladoras.
Gastos subvencionables
- Planes, programas o actuaciones de prevención de adicciones.
- Planes, programas o actuaciones de promoción y educación para la salud en la comunidad.
Documentación requerida
- Modelo de solicitud oficial (disponible en www.larioja.org, oficina electrónica, apartado Salud).
- Documentación establecida en el artículo 8 de las bases reguladoras.
Obligaciones posteriores
- Justificación conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de las bases reguladoras.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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