Financia planes de formación sindical en Administraciones Públicas
Para organizaciones sindicales representativas en el ámbito de las Administraciones Públicas
INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA · nº 889045
Título oficial: Resolución de 23 de febrero de 2026 del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se aprueba la convocatoria para 2026 para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación de OO.SS.
Subvenciones del INAP para financiar planes de formación para el empleo dirigidos a la capacitación en negociación colectiva y diálogo social en el ámbito de las Administraciones Públicas.
Presupuesto
6.040.380 €
Plazo de solicitud
27 de 27 días26/02/2026 — 25/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de planes de formación para el empleo dirigidos a la capacitación en negociación colectiva y diálogo social en el ámbito de las Administraciones Públicas, promovidos por organizaciones sindicales.
Quién puede solicitarla
Organizaciones sindicales representativas en el conjunto de todas las Administraciones Públicas (arts. 6 y 7 LOLS), presentes en la Mesa General de Negociación. También organizaciones sindicales con representatividad e implantación en el ámbito de varias Administraciones Públicas, con capacidad organizativa y técnica acreditada.
Periodo de ejecución
Desde la fecha de concesión de la ayuda hasta el 31 de diciembre de 2027.
Plazo de solicitud
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el BOE.
Forma de pago
Pago anticipado, previo a la justificación, como financiación necesaria para la ejecución de los planes de formación.
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 100%
- Régimen de minimis: no
Requisitos clave
- Ser organización sindical representativa en el conjunto de las Administraciones Públicas (arts. 6 y 7 LOLS) con presencia en la Mesa General de Negociación, o bien acreditar representatividad e implantación en el ámbito de varias Administraciones Públicas.
- Acreditar capacidad organizativa y técnica para la realización del plan de formación (para organizaciones distintas a las más representativas).
- Los destinatarios de los planes deben ser únicamente representantes y agentes sindicales incluidos en el ámbito de representación de la entidad solicitante.
Gastos subvencionables
- Planes de formación para el empleo dirigidos a la capacitación para el desarrollo de funciones relacionadas con la negociación colectiva y el diálogo social en el ámbito de las Administraciones Públicas.
Obligaciones posteriores
- Justificación de la ayuda percibida de forma anticipada.
- Ejecutar los planes de formación aprobados antes del 31 de diciembre de 2027.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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