Financia planes de formación para el diálogo social y la negociación colectiva en Asturias
Organizaciones sindicales, empresariales y sus fundaciones en el Principado de Asturias
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · nº 909323
Título oficial: Convocatoria anualidades 2026 y 2027 para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos al desarrollo de funciones del diálogo social y la negociación colectiva
Subvenciones para financiar planes de formación dirigidos a capacitar en las funciones del diálogo social autonómico y la negociación colectiva en el Principado de Asturias, con cargo a las anualidades 2026 y 2027.
Presupuesto
421.200 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días01/07/2026 — 20/07/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de planes de formación autonómicos dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones del diálogo social y la negociación colectiva en el Principado de Asturias.
Quién puede solicitarla
a) Para actividades de diálogo social autonómico y negociación colectiva: organizaciones sindicales y empresariales que participen en el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito del Principado de Asturias, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por ellas. b) Para actividades de negociación colectiva: organizaciones sindicales y empresariales legitimadas para la negociación colectiva sectorial en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, así como sus fundaciones u otras entidades constituidas por ellas.
Periodo de ejecución
12 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión correspondiente al periodo de solicitud.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes es el referido en el apartado tercero de la convocatoria (bases reguladoras: Resolución del Consejero de Industria, Empleo y Promoción Económica de 1 de septiembre de 2020, BOPA núm. 184 de 22 de septiembre de 2020).
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), código de procedimiento AYUD0255T01. Las solicitudes se cumplimentan a través de la aplicación informática Qontinua (www.qontinua.es).
Forma de pago
Tres pagos anticipados: 25 % tras la resolución de concesión, 35 % adicional al acreditar el inicio de la actividad formativa, y 40 % restante al acreditar la ejecución de al menos el 50 % del plan. Cada anticipo se abona en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la documentación requerida.
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 25%
Requisitos clave
- Las organizaciones sindicales deben participar en el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito del Principado de Asturias conforme al art. 7 de la LO 11/1985.
- Las organizaciones empresariales deben participar en el diálogo social y la negociación colectiva conforme a la disposición adicional sexta del ET.
- Para el apartado b), las organizaciones deben estar legitimadas para la negociación colectiva sectorial conforme a los apartados 2 y 3 del art. 87 del ET.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No ser deudora por resolución de procedencia de reintegro.
Gastos subvencionables
- Contratación de personas formadoras
- Alquiler de aulas
- Compra de material formativo
- Otras actuaciones de carácter formativo incluidas en el plan de formación
Documentación requerida
- Solicitud cumplimentada a través de la aplicación informática Qontinua (www.qontinua.es)
- Documentación acreditativa del inicio de la actividad formativa (para el segundo anticipo)
- Documentación acreditativa de la ejecución de al menos el 50 % del plan de formación (para el tercer anticipo)
- Acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Obligaciones posteriores
- Ejecutar el plan de formación en un plazo máximo de 12 meses desde la notificación de la resolución de concesión.
- Acreditar el inicio de la actividad formativa para solicitar el segundo anticipo.
- Acreditar la ejecución de al menos el 50 % del plan para solicitar el tercer anticipo.
- Solicitar los pagos anticipados segundo y tercero antes de la fecha límite fijada en la resolución de concesión.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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