Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Financia obras para aumentar vivienda en alquiler social o asequible

Municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL · nº 895842

Título oficial: Orden Disponibilidad de Crédito 2026. Subv Incremento capacidad residencia

Subvenciones de concesión directa para municipios de menos de 20.000 habitantes destinadas a actuaciones de inversión que incrementen la capacidad residencial en régimen de alquiler social o a precio asequible.

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Presupuesto

10.000.000 €

Plazo de solicitud

29 de 29 días

08/04/2026 — 07/05/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Inversiones productivas

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actuaciones de inversión encaminadas a incrementar la capacidad residencial real en régimen de alquiler social o precio asequible en municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.

Quién puede solicitarla

Municipios de menos de 20.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.

Periodo de ejecución

Gastos subvencionables desde el 1 de enero del año de solicitud hasta el 30 de junio de 2028; justificación hasta el 30 de septiembre de 2028.

Plazo de solicitud

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de declaración de créditos presupuestarios disponibles en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Requisitos clave

  • Ser municipio de menos de 20.000 habitantes
  • Presentar solicitud en el plazo de un mes desde la publicación de la orden en el BOCM
  • Acompañar la documentación especificada en el artículo 15 de las Normas Reguladoras
  • Finalizar las obras y obtener el certificado final de obra antes del 30 de junio de 2028
  • Acreditar la realización de la actividad subvencionada, el gasto y la efectividad del pago hasta el 30 de septiembre de 2028

Gastos subvencionables

  • Gastos realizados entre el 1 de enero del año en que se solicita la subvención y el 30 de junio de 2028

Documentación requerida

  • Documentación especificada en el artículo 15 de las Normas Reguladoras

Obligaciones posteriores

  • Finalizar las obras y obtener el certificado final de obra antes del 30 de junio de 2028
  • Acreditar la realización de la actividad subvencionada, el gasto y la efectividad del pago hasta el 30 de septiembre de 2028

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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