Solicitable Abierta Autonómica · Galicia

Eficiencia energética en establecimientos turísticos de Galicia

Pymes titulares de alojamientos y restauración inscritos en el REAT de Galicia

AGENCIA TURISMO DE GALICIA · nº 926278

Título oficial: Resolución de 10 de agosto de 2026 de la Agencia Turismo de Galicia por la que se establecen las BBRR para la concesión de subvenciones para actuaciones de eficiencia energética en empresas turísticas, cofinanciadas por el FEDER en un 60% (2026-2027)

Subvenciones cofinanciadas por el FEDER para actuaciones de eficiencia energética en establecimientos turísticos de alojamiento y de restauración en Galicia, en régimen de concurrencia no competitiva.

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Presupuesto

9.000.000 €

Plazo de solicitud

50 de 84 días

Quedan 34 días

Abrió 07/09 · cierra 30/11/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Galicia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo, Reformas y eficiencia energética

Cuantía por beneficiario

(hasta 50% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actuaciones de eficiencia energética en establecimientos turísticos de alojamiento (hoteles, turismo rural, apartamentos, viviendas y albergues turísticos) y de restauración (restaurantes, cafeterías y bares) inscritos en el REAT de Galicia.

Quién puede solicitarla

Pymes (personas físicas o jurídicas) titulares de establecimientos turísticos de alojamiento o de restauración inscritos y autorizados en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia (REAT), con proyecto localizado en Galicia.

Periodo de ejecución

Gastos realizados y pagados entre el 1 de enero de 2026 y el 2 de noviembre de 2027. El proyecto no puede estar finalizado antes de la presentación de la solicitud.

Plazo de solicitud

No consta en el extracto proporcionado.

Cómo se presenta

Telemático (sede electrónica de la Xunta de Galicia, procedimiento TU986B)

Compatibilidad con otras ayudas

Sujeta al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis; no constan otras reglas de compatibilidad en el extracto.

Condiciones económicas

  • Aportación del beneficiario: 40%
  • Régimen de minimis: sí

Requisitos clave

  • Tener la condición de pyme según el Reglamento (UE) 651/2014.
  • Ser titular de un establecimiento turístico de alojamiento o restauración inscrito y autorizado en el REAT de Galicia.
  • Los datos del REAT deben coincidir con los del solicitante.
  • El proyecto debe estar localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • El proyecto no puede estar finalizado antes de presentar la solicitud.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.

Gastos subvencionables

  • Actuaciones de eficiencia energética realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2026 y el 2 de noviembre de 2027, conforme al artículo 25 de las bases reguladoras.

Documentación requerida

  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 10 de la Ley 9/2007.
  • Declaración responsable de no encontrarse en situación de crisis.
  • Acreditación de la representación legal si el representante no coincide con el que figura en el REAT.

Exclusiones

  • Empresas en situación de crisis según el Reglamento (UE) 651/2014.
  • Empresas sujetas a una orden de recuperación pendiente de ayudas anteriores declaradas ilegales o incompatibles.
  • Empresas que incumplan los plazos de pago de la Ley 3/2004 (cuando la subvención supere 30.000 € y se cumplan los requisitos del art. 258 TRLSC).
  • Entidades sancionadas con carácter firme por infracción grave o muy grave en materia de turismo por la Agencia de Turismo de Galicia en los últimos 2 años.
  • Inversiones relacionadas con la combustión de combustibles fósiles (art. 7 Reglamento (UE) 2021/1058).

Obligaciones posteriores

  • Justificar los gastos realizados y pagados dentro del período de ejecución (hasta el 2 de noviembre de 2027).
  • Mantener el establecimiento inscrito en el REAT durante el período de la subvención.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 30/11/2026 — quedan 34 días para solicitarla.

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