Financia los programas de fiestas populares en los barrios de Azpeitia
Para el desarrollo de programas de fiestas populares en los barrios de Azpeitia
AYUNTAMIENTO DE AZPEITIA · nº 890120
Título oficial: BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE FIESTAS POPULARES EN LOS DISTINTOS BARRIOS DE AZPEITIA DURANTE EL EJERCICIO 2026.
Esta convocatoria ofrece subvenciones para apoyar la organización y el desarrollo de los programas de fiestas populares. Las ayudas están destinadas a las actividades que se realicen en los distintos barrios de Azpeitia.
Presupuesto
60.200 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días21/03/2026 — 20/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Gipuzkoa
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar el desarrollo de programas de fiestas populares (organización, celebración y difusión) en los distintos barrios de Azpeitia durante 2026.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que realicen una actividad de interés general o que promueva los fines de la convocatoria.
Periodo de ejecución
Las actuaciones deberán comenzarse y finalizarse en el año 2026.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta un mes antes del comienzo del programa de fiestas objeto de subvención. Si las fiestas ya se hubieran celebrado antes de la publicación, el plazo será de un mes desde dicha publicación.
Cómo se presenta
Presencial (Registro municipal de Azpeitia u órganos del art. 16.4 Ley 39/2015) o electrónico (sede electrónica del Ayuntamiento de Azpeitia).
Requisitos clave
- Sin ánimo de lucro
- Actividad de interés general o utilidad pública
- Iniciativas complementarias o sustitutivas a las del Ayuntamiento de Azpeitia
- Cumplir las condiciones del art. 12 de la Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Azpeitia
Gastos subvencionables
- Gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido, conforme al art. 31 de la Ley 38/2003
Exclusiones
- Entidades incursas en las circunstancias del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003
- Actividades que por su naturaleza deban acogerse a otros programas municipales u organismos autónomos
- Propuestas de asociaciones o entidades que vulneren derechos constitucionales (art. 14 CE)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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