Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Extremadura

Financia la transformación y comercialización de productos agrícolas (LEADER)

Personas físicas, jurídicas y pymes en municipios del ámbito ADERSUR (Badajoz)

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL · nº 888474

Título oficial: Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.Ayudas Estado(Intervención 7119 PEPAC), s/ I Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. ADERSUR

Ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas cuyo resultado sea un producto no incluido en el Anexo I del Tratado de la UE, en el marco de la metodología LEADER del PEPAC 2023-2027.

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Presupuesto

60.000 €

Plazo de solicitud

88 de 88 días

28/02/2026 — 27/05/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Extremadura

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Cuantía por beneficiario

Hasta 200.000 € (hasta 65% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas cuyo resultado sea un producto no incluido en el Anexo I del Tratado de la UE, bajo metodología LEADER (PEPAC 2023-2027), en el ámbito territorial del GAL ADERSUR.

Quién puede solicitarla

Personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones. En el caso de empresas, solo micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la Recomendación 2003/361/CE.

Plazo de solicitud

Tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

Condiciones económicas

  • Aportación del beneficiario: 35%
  • Régimen de minimis: no

Requisitos clave

  • Desarrollar el proyecto en alguno de los municipios del ámbito territorial del GAL ADERSUR: Fregenal de la Sierra, Higuera la Real, Jerez de los Caballeros, Oliva de la Frontera, Salvaleón, Salvatierra de los Barros, Valencia del Mombuey, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana y Zahínos.
  • El resultado del proceso de producción debe ser un producto no incluido en el Anexo I del Tratado de la UE.
  • Las empresas deben cumplir los requisitos de micro, pequeña o mediana empresa según la Recomendación 2003/361/CE.
  • Cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 78/2024, de 23 de julio.

Exclusiones

  • Proyectos cuyo resultado sea un producto incluido en el Anexo I del Tratado de la UE.
  • Empresas que no cumplan la definición de pyme conforme a la Recomendación 2003/361/CE.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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