Rehabilita tu edificio en Fraga con subvenciones de hasta 9.500 €
Personas físicas, jurídicas y comunidades de propietarios en Fraga
AYUNTAMIENTO DE FRAGA · nº 904180
Título oficial: (2181/2026) CONVOCATORIA PARA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS PARA EL AÑO 2026, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA.
El Ayuntamiento de Fraga subvenciona obras de rehabilitación de edificios: fachadas, elementos estructurales, cubiertas, carpinterías y mejora de salubridad interior, en régimen de concurrencia competitiva.
Presupuesto
122.500 €
Plazo de solicitud
31/01/2027 — 11/06/2026
Beneficiarios
Persona física, Otro
Ámbito
Local · Huesca
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 9.500 € (hasta 60% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar obras de rehabilitación de edificios: mantenimiento de fachadas, renovación de elementos estructurales, cubiertas y carpinterías, mejora de salubridad interior y recuperación de fachadas tradicionales.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que soporten el coste de la actuación y no estén incursas en las prohibiciones del art. 13 LGS. Incluye comunidades de propietarios.
Plazo de solicitud
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPH
Cómo se presenta
Presentación por escrito mediante modelo normalizado; disponible en la web del Ayuntamiento de Fraga (www.fraga.org)
Compatibilidad con otras ayudas
Las subvenciones de las distintas categorías son compatibles entre sí, salvo las categorías 1 y 4, que son incompatibles para el mismo inmueble. La cuantía máxima total para un mismo inmueble es de 9.500 €.
Condiciones económicas
- Aportación del beneficiario: 40%
Requisitos clave
- El edificio debe estar en la zona delimitada por el área de rehabilitación, en el barrio de Miralsot, o tener una antigüedad igual o superior a 50 años en suelo urbano del resto de la ciudad
- Disponer de licencia, comunicación previa, declaración responsable o solicitud de las mismas antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes
- Los edificios que hayan recibido estas ayudas en convocatorias anteriores deben haber transcurrido al menos 7 años desde la ejecución de la subvención para la misma categoría
- En caso de pluralidad de interesados (incluidas comunidades de propietarios), debe concretarse el porcentaje de subvención solicitado por cada uno
Gastos subvencionables
- Mantenimiento ordinario de fachadas (categoría 1): hasta el 60%, máx. 2.000 €
- Renovación de elementos estructurales, cubiertas y carpinterías (categoría 2): hasta el 60%, máx. 3.000 €
- Mejora de la salubridad en el interior de inmuebles (categoría 3): hasta el 60%, máx. 1.500 €
- Recuperación de fachadas tradicionales (categoría 4): hasta el 60%, máx. 5.000 €
Documentación requerida
- Modelo normalizado de solicitud firmado por el interesado o representante legal
- Licencia, comunicación previa, declaración responsable o solicitud de las mismas
- Documentación acreditativa de la antigüedad del edificio si difiere del Catastro Inmobiliario
- En comunidades de propietarios: porcentaje de subvención solicitado por cada copropietario
Exclusiones
- Edificios que hayan sido objeto de estas ayudas en convocatorias anteriores sin que hayan transcurrido 7 años desde la ejecución para la misma categoría
- Categorías 1 (mantenimiento ordinario de fachadas) y 4 (recuperación de fachadas tradicionales) son incompatibles entre sí para el mismo inmueble
Obligaciones posteriores
- Justificar los gastos subvencionables realizados
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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