Financia la recuperación y mejora de campos de cultivo en el Baix Llobregat
Para autónomos y pymes del sector agrícola en el Parque Agrario del Baix Llobregat
CONSORCI DEL PARC AGRARI DEL BAIX LLOBREGAT · nº 893659
Título oficial: SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA RECUPERACIÓN DE CAMPOS Y LA MEJORA DE LAS CONDICIONES PARA EL CULTIVO DE CAMPOS EN EL ÁMBITO DEL PARQUE AGRARIO DEL BAIX LLOBREGAT. AÑO 2026
Estas subvenciones apoyan la recuperación de campos y la mejora de las condiciones para el cultivo en el ámbito del Parque Agrario del Baix Llobregat.
Presupuesto
35.000 €
Plazo de solicitud
37 de 37 días24/03/2026 — 30/04/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Barcelona
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente, Inversiones productivas
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos de recuperación de campos abandonados o mejora de las condiciones de cultivo de campos en el ámbito del Parque Agrario del Baix Llobregat.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas titulares de una explotación agrícola (en arrendamiento, propiedad, cesión u otra fórmula), así como nuevos agricultores que quieran dedicarse profesionalmente a la actividad agrícola, dados de alta en actividad agraria y al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Periodo de ejecución
No consta en el extracto proporcionado.
Cómo se presenta
Telemática a través de https://parcagrari.cat/ca/convocatories
Requisitos clave
- Estar dado de alta en actividad agraria (Régimen General agrario, Régimen Especial Agrario, inscripción en SIDEAC, EAP, SAT u otro).
- Estar al corriente de obligaciones tributarias ante la Generalitat de Catalunya y la Administración General del Estado.
- Estar al corriente de las obligaciones ante la Seguridad Social.
- Superficie mínima del campo: 4.000 m² (reducible a 2.000 m² en caso de nueva instalación o ampliación de explotación adyacente o próxima).
- Los campos deben estar ubicados en el ámbito del Parque Agrario del Baix Llobregat o cumplir las condiciones específicas para terrenos fuera de dicho ámbito.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del art. 13 de la LGS.
Gastos subvencionables
- Actuaciones de recuperación de campos abandonados (sin cultivo agrícola en los últimos dos años).
- Actuaciones de mejora de campos preexistentes que precisen corrección física del terreno (aportación de tierras, formación de valles de desagüe en mínimo 50% del perímetro, formación de bancales o explanación en mínimo 70% de la parcela, entre otros).
Documentación requerida
- Documentación acreditativa del alta en actividad agraria (Seguridad Social Agraria, SIDEAC, EAP u otro).
- Acreditación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Para personas jurídicas: documentación de constitución e inscripción en el registro correspondiente.
- Para nuevas explotaciones: documento acreditativo del alta en Seguridad Social Agraria o de actividad económica agraria (a partir del 1 de enero de 2025).
- Para terrenos fuera del ámbito del Parque: manifestación expresa escrita del Ayuntamiento correspondiente o acreditación de pertenencia a 'Producte Fresc del Parc Agrari del Baix Llobregat'.
Exclusiones
- Campos que no cumplan la superficie mínima exigida sin que concurra causa de reducción.
- Terrenos fuera del ámbito del Parque Agrario que no pertenezcan a municipios integrantes del Consorcio o del entorno con las condiciones específicas requeridas.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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