Financia la puesta en marcha de tu negocio en Villa de Mazo
Emprendedores y empresas de nueva creación en Villa de Mazo (La Palma)
AYUNTAMIENTO DE VILLA DE MAZO · nº 902640
Título oficial: APOYO AL EMPRENDIMIENTO EN EL MUNICIPIO DE VILLA DE MAZO 2026
Subvenciones en concurrencia competitiva para apoyar el inicio de actividad de emprendedores y empresas que arrancan o se instalan por primera vez en el municipio de Villa de Mazo en 2026.
Presupuesto
6.000 €
Plazo de solicitud
09/05/2026 — —
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Santa Cruz de Tenerife
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Emprendimiento, Inversiones productivas
Cuantía por beneficiario
Hasta 3.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Apoyar la puesta en marcha e inicio de actividad de emprendedores y empresas de nueva creación, o que se instalen por primera vez, en el término municipal de Villa de Mazo.
Quién puede solicitarla
Personas físicas o jurídicas (incluidos empresarios individuales, comunidades de bienes y sociedades civiles) que hayan iniciado actividad en 2026, y empresas ya existentes que se instalen por primera vez en el municipio durante 2026.
Periodo de ejecución
Gastos realizados y pagados durante el ejercicio económico del año 2026.
Plazo de solicitud
15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife.
Cómo se presenta
Presencialmente en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento, en los registros del art. 16 Ley 39/2015, o por vía telemática en la sede electrónica: villademazo.sedelectronica.es.
Requisitos clave
- Haber iniciado la actividad en el año 2026 según modelo 036/037 de la AEAT (nuevas empresas).
- Para empresas ya existentes: haberse instalado por primera vez en el municipio en 2026, acreditado por la fecha de solicitud de licencia municipal de apertura.
- Cumplir los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
- Los gastos deben estar realizados y pagados en el ejercicio económico del año de la convocatoria.
Gastos subvencionables
- Cuotas de autónomo, seguros de responsabilidad civil y alquileres de locales y terrenos.
- Mobiliario, enseres, maquinaria, herramientas y utillaje específico para la actividad.
- Equipos de oficina, equipamiento informático y de comunicaciones, softwares y equipos para teletrabajo.
- Honorarios de letrados, notarios y/o registradores.
- Publicidad de lanzamiento, derechos de traspasos, honorarios de proyectos, dirección de obra, marcas y patentes.
- Suministros (eléctrico, agua, teléfonos) y servicios profesionales (asesorías jurídicas, contables, fiscales, laborales).
Documentación requerida
- Modelo de solicitud oficial del Ayuntamiento de Villa de Mazo, debidamente cumplimentado y firmado.
Exclusiones
- Tributos municipales del Ayuntamiento de Villa de Mazo.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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