Financia la innovación y actividades turísticas de tu negocio en Getxo
Para profesionales y empresas del municipio de Getxo. Convocatoria 2026.
AYUNTAMIENTO DE GETXO · nº 905767
Título oficial: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A EMPRESAS DE GETXO: L1. INNOVACIÓN Y L2. ACTIVIDADES TURÍSTICAS GARANTIZADAS. AÑO 2026
Subvenciones en dos líneas: apoyo a la innovación empresarial (nuevos productos, servicios, comercialización y transformación digital) y a la puesta en marcha de actividades turísticas garantizadas en Getxo.
Presupuesto
95.550 €
Plazo de solicitud
30 de 30 días30/05/2026 — 29/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Bizkaia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Digitalización, I+D e innovación tecnológica
Detalle de la convocatoria
Objeto
Dos líneas: L1 apoya la innovación (nuevos productos, servicios, comercialización y transformación digital) y L2 apoya la puesta en marcha de actividades turísticas garantizadas en Getxo.
Quién puede solicitarla
Profesionales y empresas ubicadas en el municipio de Getxo. La L2 se dirige específicamente a profesionales y empresas turísticas.
Periodo de ejecución
Año natural de la convocatoria (2026), con fecha límite el 31 de diciembre de ese año.
Plazo de solicitud
Un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia.
Cómo se presenta
Telemática, a través de la web del Ayuntamiento de Getxo: www.getxo.eus/oae
Forma de pago
75% en el momento de la resolución de la ayuda; 25% restante tras la justificación y verificación del cumplimiento de los requisitos.
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 75%
Requisitos clave
- Estar ubicado/a en el municipio de Getxo
- L1: los cambios deben ser de carácter innovador (nuevos productos, servicios, comercialización o transformación digital)
- L2: las actividades turísticas deben ser regulares, de calidad y favorecer al conjunto del tejido turístico de Getxo
- La actividad subvencionada debe ejecutarse en el año natural de la convocatoria (máx. 31 de diciembre)
Obligaciones posteriores
- Justificar el cumplimiento de los requisitos para percibir el 25% restante de la subvención
- Todos los gastos deben realizarse dentro del mismo año natural, salvo fuerza mayor con visto bueno del Ayuntamiento
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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