Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Andalucía

Financia la infraestructura de recarga para vehículos eléctricos

Para autónomos, pymes y grandes empresas en Andalucía

AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA · nº 899704

Título oficial: Resolución de 20 de Abril de 2026, convocatoria Linea 2 Energía del Programa 2 Espacios productivos. Ac. Infraestructura de recarga de Vehículos Electricos

Esta convocatoria facilita la instalación de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos. Dirigida a autónomos, pymes y grandes empresas en Andalucía.

Compartir

Presupuesto

6.935.000 €

Plazo de solicitud

16/06/2026 —

Beneficiarios

Gran empresa, Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Andalucía

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de actuaciones encuadradas en la Línea 2 del Programa 2 «Espacios productivos»: eficiencia energética en sector público local y privado, energías renovables, redes inteligentes, almacenamiento de energía e infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

Quién puede solicitarla

Personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro que ofrezcan bienes o servicios en el mercado (incluidas ESE); entidades de gestión de espacios productivos, asociaciones o comunidades de propietarios; comunidades de energía renovables o ciudadanas de energía cuyos miembros realicen actividad económica; entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas.

Requisitos clave

  • La actividad económica vinculada a la actuación debe estar encuadrada en los códigos CNAE 2009 o 2025 admitidos según el tipo de actuación y el tipo de solicitante.
  • Se excluyen los sectores y actividades excluidos conforme al artículo 3 de la Orden de 13 de marzo de 2025.
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas deben tener personalidad jurídica.
  • Las comunidades de energía renovables o ciudadanas de energía deben tener miembros que realicen actividad económica en los términos del Anexo III de la Orden de 13 de marzo de 2025.

Gastos subvencionables

  • Costes subvencionables establecidos en el Anexo II (Catálogo de actuaciones) de la Orden de 13 de marzo de 2025 para cada tipo de actuación.
  • Conceptos de inversión y de gasto previstos en el apartado 5.b).1º del Cuadro Resumen II de la Orden de 13 de marzo de 2025.

Exclusiones

  • Sectores y actividades excluidos del ámbito de aplicación de las bases reguladoras conforme al artículo 3 de la Orden de 13 de marzo de 2025.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.

Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.