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No solicitable Cerrada Autonómica · Castilla y León

Financia actuaciones en el Patrimonio Cultural de Castilla y León

Entidades locales de Castilla y León con menos de 20.000 habitantes

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE · nº 921704

Título oficial: Orden de 23 de julio de 2026, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades locales con población inferior a 20.000 habitantes para financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León el año 2026

Subvenciones en concurrencia competitiva para que entidades locales de Castilla y León con menos de 20.000 habitantes financien actuaciones en bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la comunidad.

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Presupuesto

342.000 €

Plazo de solicitud

32 de 32 días

30/07/2026 — 31/08/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Castilla y León

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes, Reformas y eficiencia energética

Cuantía por beneficiario

Hasta 50.000 € (hasta 70% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actuaciones en bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León, convocadas por provincias en régimen de concurrencia competitiva.

Quién puede solicitarla

Entidades locales de Castilla y León con población inferior a 20.000 habitantes (según último padrón en la fecha de publicación del extracto en el BOCYL), que sean propietarias o titulares de derechos reales sobre el inmueble, desarrollen obras en planes especiales de protección, o tengan en su término municipal un BIC declarado o incoado de determinadas categorías.

Periodo de ejecución

Año 2026

Plazo de solicitud

Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), identificador BDNS 921704

Requisitos clave

  • Población inferior a 20.000 habitantes según el último padrón en la fecha de publicación del extracto en el BOCYL
  • Ser propietaria o titular de cualquier derecho real sobre el inmueble (para actuaciones en puntos 1.a y 1.b de las bases)
  • Desarrollar obras contempladas en un plan especial u otro instrumento urbanístico de protección (para actuaciones del punto 1.c)
  • Tener en su término municipal un BIC declarado o incoado con categoría de Conjunto Histórico, Sitio Histórico, Conjunto Etnológico o Zona Arqueológica (para actuaciones del punto 1.d)

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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