Ayuda de 60 € para libros y material escolar 2026-2027
Familias empadronadas en Vila-sacra con hijos matriculados de I3 a 2.º de Bachillerato
AYUNTAMIENTO DE VILA-SACRA · nº 928014
Título oficial: subvención adquisición material escolat y libros curso 2026-2027
El Ayuntamiento de Vila-sacra concede ayudas familiares de 60 € por alumno para sufragar libros y material escolar del curso 2026/2027.
Presupuesto
7.000 €
Plazo de solicitud
01/09/2026 — 01/09/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Local · Girona
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Premios, concursos y (otras) becas
Cuantía por beneficiario
Hasta 60 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Concesión de ayudas familiares de 60 € por alumno para libros y material escolar del curso 2026/2027.
Quién puede solicitarla
Familias empadronadas en Vila-sacra (mínimo 3 meses) con hijos o hijas matriculados en centros educativos desde I3 hasta 2.º de Bachillerato, también empadronados con el progenitor o tutor legal.
Periodo de ejecución
Curso escolar 2026/2027
Plazo de solicitud
Del 1 al 30 de septiembre de 2026.
Cómo se presenta
Presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Vila-sacra.
Forma de pago
Pago único mediante decreto de Alcaldía, tras revisión de la documentación presentada.
Requisitos clave
- Padres, madres o tutores legales empadronados en Vila-sacra con antigüedad mínima de 3 meses en la fecha de solicitud.
- El menor debe estar empadronado con el progenitor o tutor legal y matriculado de I3 a 2.º de Bachillerato.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
- Solo se puede presentar una solicitud por menor.
- En caso de separación o divorcio, acreditar la guarda y custodia y aportar recibo o factura del material.
Gastos subvencionables
- Libros escolares
- Material escolar
Documentación requerida
- Modelo de solicitud debidamente cumplimentado y registrado en el Registro General del Ayuntamiento.
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del padre, madre o tutor legal.
- Documentación acreditativa de tutela legal, si procede.
- En caso de separación o divorcio: acreditación de guarda y custodia y recibo o factura del material escolar o libros.
Exclusiones
- Personas que recibieron la subvención en la convocatoria anterior y no cumplieron con su obligación de asistencia o con el pago de la parte que les correspondía.
Obligaciones posteriores
- Cumplir con la obligación de asistencia escolar del menor.
- Abonar la parte del coste que corresponda al beneficiario, si aplica.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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