Financia inversiones para transformar y comercializar productos agrícolas
Para autónomos y pymes en la provincia de Cáceres
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL · nº 887025
Título oficial: Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas. NO Ayudas Estado.(Interv, 7119 PEPAC), s/ I Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. APRODERVI
Esta convocatoria ofrece ayudas para realizar inversiones en la transformación y comercialización de productos agrícolas.
Presupuesto
300.000 €
Plazo de solicitud
88 de 88 días21/02/2026 — 20/05/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Extremadura
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Cuantía por beneficiario
Hasta 100.000 € (hasta 65% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas que tengan como resultado un producto incluido en el Anexo I del Tratado de la UE, en el territorio de Villuercas Ibores Jara.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones, incluidas comunidades de bienes. En el caso de empresas, solo micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la Recomendación 2003/361/CE.
Plazo de solicitud
Tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Requisitos clave
- El proyecto debe resultar en un producto incluido en el Anexo I del Tratado de la UE
- La inversión mínima elegible no puede ser inferior a 5.000 euros
- Las empresas deben cumplir los requisitos de micro, pequeña o mediana empresa (Recomendación 2003/361/CE)
- La actuación debe desarrollarse en el territorio de Villuercas Ibores Jara (Extremadura)
Gastos subvencionables
- Inversiones en transformación de productos agrícolas
- Inversiones en comercialización de productos agrícolas
Exclusiones
- Proyectos con inversión mínima elegible inferior a 5.000 euros
- Empresas que no cumplan la definición de pyme conforme a la Recomendación 2003/361/CE
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.