Financia inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas (LEADER)
Personas físicas, jurídicas y pymes en la comarca de Sierra de Montánchez y Tamuja (Extremadura)
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL · nº 888167
Título oficial: Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas. NO Ayudas Estado.(Interv, 7119 PEPAC), s/ I Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. ADISMONTA
Convocatoria de ayudas a proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas cuyo resultado sea un producto del Anexo I del Tratado de la UE, en el marco de la metodología LEADER del PEPAC 2023-2027, gestionada por el GAL ADIS...
Presupuesto
150.000 €
Plazo de solicitud
88 de 88 días27/02/2026 — 26/05/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Extremadura
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Cuantía por beneficiario
Hasta 75.000 € (hasta 65% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos de inversión en transformación y comercialización de productos agrícolas cuyo resultado sea un producto incluido en el Anexo I del Tratado de la UE, bajo metodología LEADER (PEPAC 2023-2027).
Quién puede solicitarla
Personas físicas y/o jurídicas o sus agrupaciones (incluidas comunidades de bienes). En el caso de empresas, solo micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la Recomendación 2003/361/CE.
Plazo de solicitud
3 meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
Requisitos clave
- El proyecto debe estar englobado en la actuación de inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
- El resultado del proceso de producción debe ser un producto incluido en el Anexo I del Tratado de la UE.
- Las empresas deben cumplir los requisitos de micro, pequeña o mediana empresa según la Recomendación 2003/361/CE.
- La actividad debe desarrollarse en el ámbito geográfico de la comarca de Sierra de Montánchez y Tamuja.
Exclusiones
- Empresas que no cumplan los requisitos de pyme conforme a la Recomendación 2003/361/CE.
- Proyectos cuyo resultado no sea un producto del Anexo I del Tratado de la UE.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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