Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Extremadura

Servicios básicos para la economía y la población rural – ADERCO (Leader 2026)

Entidades Locales en el ámbito territorial del GAL ADERCO (Extremadura)

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL · nº 914421

Título oficial: Ayudas 2026 Enfoque Leader a inversiones en acciones a servicios básicos para la economía y la población rural (Intervención 7119 PEPAC), s/ II Convo (PEPAC 2023-2027) G.A.L. ADERCO

Convocatoria de ayudas a proyectos no productivos de servicios básicos para la economía y la población rural, bajo metodología Leader (PEPAC 2023-2027), en los municipios del Grupo de Acción Local ADERCO.

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Presupuesto

720.000 €

Plazo de solicitud

60 de 60 días

30/06/2026 — 29/08/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Extremadura

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Cuantía por beneficiario

Hasta 80.000 € (hasta 100% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de proyectos no productivos que tengan por objeto la prestación de servicios básicos para la economía y la población rural, en el ámbito territorial del GAL ADERCO, bajo metodología Leader (PEPAC 2023-2027).

Quién puede solicitarla

Entidades Locales con ámbito territorial en la zona de actuación del GAL ADERCO que promuevan proyectos no productivos de servicios básicos para la economía y la población rural.

Plazo de solicitud

Dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Requisitos clave

  • El proyecto debe ser no productivo.
  • El proyecto debe tener por objeto la prestación de servicios básicos para la economía y la población rural.
  • La entidad solicitante debe tener ámbito territorial en la zona de actuación del GAL ADERCO.
  • Los municipios elegibles son: Alconchel, Almendral, Barcarrota, Cheles, Higuera de Vargas, Nogales, Olivenza, Táliga, Torre de Miguel Sesmero, Valverde de Leganés y Villanueva del Fresno.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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