Financia inversiones en museos y colecciones museográficas locales de Asturias
Entidades locales del Principado de Asturias titulares de museos o colecciones museográficas
CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO · nº 892288
Título oficial: Subvenciones para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2026. Línea 2B Inversión en museos y colecciones museográficas
Subvenciones para financiar gastos de inversión —obras, equipamientos, adquisición y restauración de fondos, y redacción de proyectos— en museos y colecciones museográficas de titularidad municipal en Asturias.
Presupuesto
70.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días20/03/2026 — 02/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes, Inversiones productivas
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de gastos de inversión en museos y colecciones museográficas de titularidad municipal: obras, adquisición de equipamientos y fondos, restauración de fondos, y redacción de proyectos arquitectónicos y museográficos.
Quién puede solicitarla
Entidades locales del Principado de Asturias titulares de museos o colecciones museográficas (de titularidad municipal), gestionados directamente o por organismo dependiente o participado.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
Plazo de solicitud
Quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOPA.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias (https://asturias.es), código de ficha de servicio AYUD0062T02.
Requisitos clave
- Ser entidad local del Principado de Asturias titular de un museo o colección museográfica de titularidad municipal.
- Las entidades titulares de museos deben estar al corriente en el envío de datos estadísticos conforme a la Resolución de 16 de abril de 2012.
- Haber remitido la memoria del año 2025 y los datos de visitantes del año 2025 y de los meses completos anteriores a la publicación de la convocatoria.
- La colección museográfica debe exponerse al público de forma permanente y ordenada, con horario de apertura regular, continuado o periódico (no previa demanda).
Gastos subvencionables
- Realización de obras.
- Adquisición de equipamientos.
- Adquisición de fondos.
- Restauración de fondos.
- Redacción de proyectos arquitectónicos.
- Redacción de proyectos museográficos.
Exclusiones
- Colecciones que solo abran previa solicitud o demanda al gestor (sin horario prefijado).
Obligaciones posteriores
- Las actuaciones subvencionables deben llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
- La justificación del gasto subvencionado debe realizarse antes del 31 de enero de 2027.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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