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No solicitable Cerrada Autonómica · Asturias

Financia inversiones en museos y colecciones museográficas locales de Asturias

Entidades locales del Principado de Asturias titulares de museos o colecciones museográficas

CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO · nº 892288

Título oficial: Subvenciones para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2026. Línea 2B Inversión en museos y colecciones museográficas

Subvenciones para financiar gastos de inversión —obras, equipamientos, adquisición y restauración de fondos, y redacción de proyectos— en museos y colecciones museográficas de titularidad municipal en Asturias.

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Presupuesto

70.000 €

Plazo de solicitud

13 de 13 días

20/03/2026 — 02/04/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Autonómica · Asturias

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes, Inversiones productivas

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de gastos de inversión en museos y colecciones museográficas de titularidad municipal: obras, adquisición de equipamientos y fondos, restauración de fondos, y redacción de proyectos arquitectónicos y museográficos.

Quién puede solicitarla

Entidades locales del Principado de Asturias titulares de museos o colecciones museográficas (de titularidad municipal), gestionados directamente o por organismo dependiente o participado.

Periodo de ejecución

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.

Plazo de solicitud

Quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOPA.

Cómo se presenta

Sede electrónica del Principado de Asturias (https://asturias.es), código de ficha de servicio AYUD0062T02.

Requisitos clave

  • Ser entidad local del Principado de Asturias titular de un museo o colección museográfica de titularidad municipal.
  • Las entidades titulares de museos deben estar al corriente en el envío de datos estadísticos conforme a la Resolución de 16 de abril de 2012.
  • Haber remitido la memoria del año 2025 y los datos de visitantes del año 2025 y de los meses completos anteriores a la publicación de la convocatoria.
  • La colección museográfica debe exponerse al público de forma permanente y ordenada, con horario de apertura regular, continuado o periódico (no previa demanda).

Gastos subvencionables

  • Realización de obras.
  • Adquisición de equipamientos.
  • Adquisición de fondos.
  • Restauración de fondos.
  • Redacción de proyectos arquitectónicos.
  • Redacción de proyectos museográficos.

Exclusiones

  • Colecciones que solo abran previa solicitud o demanda al gestor (sin horario prefijado).

Obligaciones posteriores

  • Las actuaciones subvencionables deben llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
  • La justificación del gasto subvencionado debe realizarse antes del 31 de enero de 2027.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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