Financia inversiones en centros especiales de empleo en Castilla y León
Para centros especiales de empleo inscritos en el registro de Castilla y León
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO · nº 889163
Título oficial: Orden, de 23 de febrero de 2026, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de inversiones en centros especiales de empleo
Subvenciones para financiar la inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido en centros especiales de empleo de Castilla y León, tanto por nuevas contrataciones indefinidas como por transformación de contratos temporales de personas con discap...
Presupuesto
1.712.802 €
Plazo de solicitud
08/06/2026 — 08/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Castilla y León
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 15.000 € (hasta 75% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido en el mercado protegido, por contrataciones indefinidas o transformación de contratos temporales de personas con discapacidad.
Quién puede solicitarla
Centros especiales de empleo inscritos en el Registro de centros especiales de empleo de Castilla y León, que desarrollen su actividad en dicha comunidad y cumplan el porcentaje mínimo de trabajadores con discapacidad del art. 43.2 del RDL 1/2013.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCyL hasta el 8 de junio de 2026
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es
Forma de pago
Resolución por orden de entrada de solicitud, una vez el expediente esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos
Requisitos clave
- Estar inscrito en el Registro de centros especiales de empleo de Castilla y León
- Desarrollar la actividad en Castilla y León
- Cumplir el porcentaje mínimo de personas trabajadoras con discapacidad establecido en el art. 43.2 del RDL 1/2013
- La inversión debe estar vinculada a la creación de empleo indefinido con personas con discapacidad
Gastos subvencionables
- Inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido en el mercado protegido (excluidos impuestos)
Exclusiones
- Impuestos sobre la inversión realizada
- Jornadas inferiores a la legal o de convenio (cuantía reducida proporcionalmente)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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