Financia festivales musicales y de artes escénicas en Pontevedra
Asociaciones sin ánimo de lucro con actividad en la provincia de Pontevedra
CULTURA · nº 886432
Título oficial: DESARROLLO DE FESTIVALES MUSICALES Y DE ARTES ESCÉNICAS
Subvenciones de la Diputación de Pontevedra para financiar la organización de festivales o certámenes musicales y teatrales de prestigio en la provincia, con dos líneas: festivales musicales y festivales de artes escénicas.
Presupuesto
200.000 €
Plazo de solicitud
27 de 27 días13/02/2026 — 12/03/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Pontevedra
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar la organización de festivales o certámenes musicales y teatrales de prestigio que tengan lugar en la provincia de Pontevedra, con especial atención a la programación y difusión de la música y el teatro gallegos. Dos líneas: Línea 1 (festivales musicales) y Línea 2 (festivales de artes escénicas).
Quién puede solicitarla
Asociaciones sin fines de lucro que desarrollen sus actividades en la provincia de Pontevedra, al corriente de obligaciones tributarias (AEAT, ATRIGA) y con la Seguridad Social y la Diputación de Pontevedra, y no incursas en prohibiciones para percibir subvenciones públicas.
Plazo de solicitud
1 mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y del extracto en el BOPPO y en la BNS
Forma de pago
Transferencia bancaria
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas
Requisitos clave
- Carecer de fines de lucro
- Desarrollar actividades en el ámbito territorial de la provincia de Pontevedra
- No estar incursa en supuestos de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para percibir subvenciones públicas
- Estar al corriente con AEAT, ATRIGA, Seguridad Social y Diputación de Pontevedra
- Presentar una única solicitud por entidad en modelo normalizado
- Reunir los requisitos establecidos en la base quinta de la convocatoria
Gastos subvencionables
- Gastos que de manera indudable respondan a la realización del proyecto
- Gastos necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de subvención
Documentación requerida
- Solicitud en modelo normalizado
- Documentación establecida en la base décima de la convocatoria
Obligaciones posteriores
- Justificación mediante presentación de facturas
- Cuenta justificativa de los gastos
- Memoria justificativa con todas las actividades realizadas e indicadas previamente en el expediente, incluyendo programación paralela
- Acreditar la debida difusión en los términos previstos en la base decimoséptima
- Plazo máximo de justificación: 31 de enero de 2027
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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