Financia el funcionamiento de museos y colecciones museográficas locales en Asturias
Entidades locales del Principado de Asturias titulares de museos o colecciones museográficas
CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO · nº 892287
Título oficial: Subvenciones para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2026. Línea 2A Funcionamiento de museos y colecciones museográficas
Subvenciones para cubrir los gastos de funcionamiento, actividades y mantenimiento de museos y colecciones museográficas de titularidad de entidades locales asturianas.
Presupuesto
75.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días19/03/2026 — 01/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiación de gastos de funcionamiento, realización de actividades y mantenimiento de museos y colecciones museográficas de titularidad de entidades locales del Principado de Asturias.
Quién puede solicitarla
Entidades locales del Principado de Asturias titulares de museos o colecciones museográficas, gestionados directamente o por organismo dependiente o participado.
Periodo de ejecución
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
Plazo de solicitud
Quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias (https://asturias.es), código de ficha de servicio AYUD0062T01.
Requisitos clave
- Ser entidad local del Principado de Asturias titular de un museo o colección museográfica.
- Las entidades titulares de museos deben estar al corriente en el envío de datos estadísticos conforme a la Resolución de 16 de abril de 2012.
- Deben haberse remitido la memoria del año 2025 y los datos de visitantes del año 2025 y meses completos anteriores a la publicación.
- La colección museográfica debe exponerse al público de forma permanente y ordenada con horario de apertura regular, continuado o periódico.
Gastos subvencionables
- Estudios, exposiciones, publicaciones, actividades didácticas y de difusión, recursos digitales, planes museológicos y de seguridad, incluyendo gastos de personal inherentes.
- Trabajos de documentación (registros, inventarios y catálogos de fondos), conservación y conservación preventiva de colecciones, incluyendo gastos de personal inherentes.
- Funcionamiento y mantenimiento de museos y colecciones museográficas, con exclusión de gastos ordinarios de personal.
Documentación requerida
- Formulario normalizado de solicitud (código AYUD0062T01 en la sede electrónica del Principado de Asturias).
Exclusiones
- Gastos de dietas, manutención o atenciones protocolarias.
- Gastos de personal no vinculados a las actuaciones o trabajos de los apartados a) y b).
- Gastos ordinarios de personal en el concepto de funcionamiento y mantenimiento (apartado c).
- Gastos de inversión en conservación y conservación preventiva.
Obligaciones posteriores
- Justificar la realización del gasto subvencionado antes del 31 de enero de 2027.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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