Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Financia el desarrollo de tus proyectos audiovisuales en Madrid

Empresas audiovisuales de producción independiente con sede en la Comunidad de Madrid

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE · nº 899706

Título oficial: AYUDAS A EMPRESAS PARA EL DESARROLLO PROYECTOS AUDIOVISUALES 2026

Ayudas para el desarrollo de proyectos audiovisuales —largometrajes o series de ficción, documental o animación— destinados a su exhibición en cines, televisión o plataformas digitales.

Compartir

Presupuesto

1.000.000 €

Plazo de solicitud

21 de 21 días

29/04/2026 — 20/05/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Educación, cultura y deportes

Cuantía por beneficiario

Hasta 50.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Apoyo al desarrollo de proyectos audiovisuales (largometrajes o series de ficción, documental o animación) que puedan concretarse en una obra para su exhibición pública en cines, televisión o plataformas digitales.

Quién puede solicitarla

Titulares de empresas de producción independiente (empresario individual, sociedad mercantil o civil, cooperativa laboral o agrupación de interés económico) cuyo objeto sea la actividad cinematográfica o audiovisual, con al menos una sede en la Comunidad de Madrid y un mínimo de dos años de actividad audiovisual o cinematográfica.

Periodo de ejecución

Desde el 3 de noviembre de 2025 hasta el 2 de noviembre de 2026

Plazo de solicitud

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Requisitos clave

  • Tener al menos una sede en la Comunidad de Madrid
  • Domicilio fiscal y centros de trabajo del personal que impute gastos ubicados en territorio español
  • Mínimo de dos años de actividad audiovisual o cinematográfica (o trayectoria acreditada del administrador o socio mayoritario)
  • Obtener al menos 60 puntos en la valoración del proyecto
  • En caso de coproducción, ser la empresa con porcentaje mayoritario y que ejecute el gasto
  • Empresas extranjeras deben tener al menos una filial domiciliada en los términos indicados

Exclusiones

  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica propia (comunidades de bienes u otras unidades económicas o patrimonios separados)
  • En coproducción al 50/50 entre dos o más empresas, solo se admite una solicitud por proyecto

Obligaciones posteriores

  • Justificación de la ayuda hasta el 10 de noviembre de 2026

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.

Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.