Ayudas para recuperar tu vivienda ante ocupación ilegal
Personas físicas en la Comunitat Valenciana
SECRETARÍA AUTONÓMICA DE VIVIENDA · nº 924373
Título oficial: Resolución de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, por la que se convocan ayudas económicas destinadas a financiar los gastos derivados del asesora-miento jurídico para el desalojo o recuperación de la posesió
Subvenciones para cubrir los gastos de asesoramiento jurídico para el desalojo o recuperación de la posesión de viviendas ocupadas ilegalmente, y/o las reparaciones de daños en dichos inmuebles.
Presupuesto
250.000 €
Plazo de solicitud
28 de 28 días13/08/2026 — 10/09/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 2.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar los gastos de asesoramiento jurídico para el desalojo o recuperación de la posesión en caso de ocupación ilegal de viviendas, y/o las reparaciones de daños en dichos inmuebles.
Quién puede solicitarla
Personas físicas que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026. Plazo de justificación hasta el 5 de diciembre de 2026.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en el DOGV hasta el 10 de septiembre de 2026.
Cómo se presenta
Sede electrónica de la Generalitat Valenciana (https://sede.gva.es, trámite G111039)
Forma de pago
Pago previa justificación, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada en la solicitud.
Requisitos clave
- Ser persona física
- Reunir todos los requisitos establecidos en el resuelvo segundo de la convocatoria
Gastos subvencionables
- Gastos de asesoramiento jurídico para el desalojo o recuperación de la posesión (máx. 500 €)
- Gastos de reparación de daños ocasionados en los inmuebles (máx. 1.500 €)
Obligaciones posteriores
- Presentar justificación de la subvención antes del 5 de diciembre de 2026
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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