Financia ahorro energético e instalaciones solares para PYMES
Para PYMES en la Región de Murcia
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y MAR MENOR · nº 891434
Título oficial: Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, por la que se convocan ayudas dirigidas a PYMES para la implementación de medidas de ahorro y mejora de la eficiencia energética y para instalaciones solares fotovoltaicas
Estas ayudas están destinadas a PYMES para implementar medidas de ahorro y mejora de la eficiencia energética, así como para la instalación de sistemas solares fotovoltaicos.
Presupuesto
5.300.000 €
Plazo de solicitud
38 de 38 días23/03/2026 — 30/04/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Murcia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 60.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Subvenciones para la implementación de medidas de ahorro y mejora de la eficiencia energética, y para instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo de energía eléctrica, dirigidas a pymes en la Región de Murcia.
Quién puede solicitarla
Pequeñas y medianas empresas (pymes) que desarrollen actividades en los sectores industrial y terciario.
Periodo de ejecución
12 meses a partir de la notificación de la concesión de la ayuda
Plazo de solicitud
Desde las 9:00 h del 23 de marzo de 2026 hasta las 23:59 h del 30 de abril de 2026
Cómo se presenta
Sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), procedimiento con código 4609
Requisitos clave
- Ser pequeña o mediana empresa (pyme)
- Desarrollar actividades en los sectores industrial o terciario
- Inversión económica mínima de 6.000 euros
- Cumplir los requisitos del capítulo II de la orden de bases reguladoras
Gastos subvencionables
- Actuaciones de ahorro y mejora de la eficiencia energética
- Instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo de energía eléctrica
Documentación requerida
- Documentos indicados en el artículo 6 de la Orden de convocatoria
Obligaciones posteriores
- Ejecutar las actuaciones subvencionadas en el plazo de 12 meses desde la notificación de la concesión
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.