Financia actividades para la ordenación del territorio en Asturias
Para personas físicas y otras entidades en el Principado de Asturias
CONSEJERÍA ORDENACIÓN DE TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y DERECHOS CIUDADANOS · nº 917781
Título oficial: Convocatoria en concurrencia competitiva para actividades destinadas a la promoción de la ordenación del territorio
Esta convocatoria apoya la realización de actividades destinadas a la promoción de la ordenación del territorio en el Principado de Asturias.
Presupuesto
20.000 €
Plazo de solicitud
24/07/2026 — —
Beneficiarios
Persona física, Otro
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Cuantía por beneficiario
Hasta 6.600 € (hasta 100% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar actividades de difusión y fomento en materia de ordenación del territorio (exposiciones, publicaciones, actividades didácticas y de difusión, jornadas y experiencias), incluyendo gastos de personal inherentes a su desarrollo, a realizar dentro del Principado de Asturias.
Quién puede solicitarla
Personas físicas y jurídicas sin ánimo de lucro de nacionalidad española o de la UE/EEE, con residencia fiscal en España y legalmente constituidas antes del fin del plazo de solicitud.
Periodo de ejecución
Durante el ejercicio correspondiente a cada convocatoria anual, dentro del territorio del Principado de Asturias.
Plazo de solicitud
20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias (https://miprincipado.asturias.es), mediante el formulario normalizado identificado con el código AYUD0558T01.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras subvenciones otorgadas por otras administraciones públicas o entidades privadas, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad subvencionada.
Requisitos clave
- Residencia fiscal en España
- Nacionalidad española o de un Estado miembro de la UE o del EEE
- Estar legalmente constituido antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
- No ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles
- Las actividades deben realizarse dentro del territorio del Principado de Asturias durante el ejercicio correspondiente a la convocatoria
Gastos subvencionables
- Exposiciones
- Publicaciones
- Actividades didácticas y de difusión
- Jornadas y experiencias relacionadas con la ordenación del territorio y la planificación estratégica
- Gastos de personal inherentes al desarrollo de las actividades
Documentación requerida
- Memoria explicativa de la actividad (finalidades, duración, público destinatario, medios de difusión)
- Presupuesto desglosado con cuadro de ingresos y gastos
- Documentos acreditativos de la personalidad y representación del firmante
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones (art. 13 LGS), con relación de subvenciones solicitadas/concedidas con la misma finalidad
- Ficha de acreedores (salvo que ya figure como tercero validado en el sistema contable del Principado sin modificaciones)
Exclusiones
- Entidades con ánimo de lucro
- Personas o entidades incursas en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Actividades a realizar fuera del territorio del Principado de Asturias
Obligaciones posteriores
- Justificar las subvenciones concedidas conforme a lo previsto en la convocatoria
- No exigir aumento o revisión de la cantidad concedida
- Comunicar cualquier modificación en los datos bancarios si ya se había aportado ficha de acreedores
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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