Subvenciones para actividades culturales y de ocio en Arroyo de la Encomienda
Asociaciones culturales y de ocio sin ánimo de lucro inscritas en el registro municipal
AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA · nº 913457
Título oficial: Resolución nº 2026/3038, de 11 de junio de 2026, de la Concejal Delegada de Cultura del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, por la que se aprueba la convocatoria de la concesión de subvenciones, para la realización de activ. culturales y de ocio 2026
El Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda subvenciona la realización de actividades culturales y de ocio organizadas por asociaciones locales sin ánimo de lucro.
Presupuesto
17.000 €
Plazo de solicitud
26 de 26 días20/06/2026 — 16/07/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Local · Valladolid
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 6.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar actividades culturales y de ocio: talleres, cursos, charlas, artes escénicas, exposiciones, conferencias, viajes culturales, conciertos, danzas folclóricas, senderismo, excursiones, torneos de videojuegos, entre otras.
Quién puede solicitarla
Asociaciones culturales y de ocio sin ánimo de lucro, constituidas e inscritas en el Registro municipal de asociaciones con al menos un año de antelación a la publicación de la convocatoria.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026 (justificación hasta el 15 de enero de 2027)
Plazo de solicitud
20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
Cómo se presenta
Por los cauces habituales
Forma de pago
Transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez concedida y justificada la subvención.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras ayudas
Requisitos clave
- Carecer de ánimo de lucro
- Estar debidamente constituidas e inscritas en el Registro municipal de asociaciones
- Antigüedad mínima de un año en el registro antes de la publicación de la convocatoria
Gastos subvencionables
- Material de oficina
- Nóminas y seguridad social del personal directamente relacionado con la actividad
- Gastos de locomoción
- Publicidad
- Seguros
- Uniformes
- Gastos de inversión
- Cualquier otro gasto que cumpla la finalidad de la convocatoria
Documentación requerida
- La prevista en el artículo 6.3 de la convocatoria
Exclusiones
- No podrá destinarse más del 5 % de la subvención a comidas o atenciones protocolarias
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención mediante la documentación prevista en el art. 12.2 de la convocatoria antes del 15 de enero de 2027
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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