Equipamiento para entidades juveniles de Asturias
Entidades de participación juvenil inscritas en el REPJPA (Principado de Asturias)
CONSEJERÍA ORDENACIÓN DE TERRITORIO, URBANISMO, VIVIENDA Y DERECHOS CIUDADANOS · nº 895351
Título oficial: Resolución de de de 2026, de la Consejería de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones a entidades juveniles para la adquisición de equipamiento 2026
Subvenciones para que las entidades de participación juvenil del Principado de Asturias adquieran equipamiento para su sede y para la realización de sus actividades.
Presupuesto
25.000 €
Plazo de solicitud
21 de 21 días02/04/2026 — 23/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Cuantía por beneficiario
Hasta 1.500 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Adquisición de equipamiento destinado al funcionamiento de la sede de la entidad y al desarrollo y fomento de sus actividades en el ámbito de la juventud.
Quién puede solicitarla
Asociaciones juveniles, federaciones/confederaciones/uniones de asociaciones juveniles, secciones juveniles con autonomía funcional propia, entidades sin ánimo de lucro prestadoras de servicios a la juventud (excepto carácter docente o deportivo) y otras entidades reconocidas por ley que afecten a la juventud; todas inscritas en el REPJPA antes de la publicación del extracto en el BOPA.
Plazo de solicitud
Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias: http://sede.asturias.es (código AYUD0487T01)
Requisitos clave
- Estar inscrita en el Registro de Entidades de Participación Juvenil del Principado de Asturias (REPJPA) con anterioridad a la publicación del extracto en el BOPA.
- Las secciones juveniles deben tener reconocida estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para asuntos juveniles.
- Las entidades prestadoras de servicios a la juventud deben carecer de ánimo de lucro y no tener carácter docente o deportivo.
Gastos subvencionables
- Equipamiento destinado al funcionamiento de la sede de la entidad.
- Equipamiento necesario para la realización y el fomento de las actividades en el ámbito de la juventud.
Documentación requerida
- Formulario normalizado de solicitud (código AYUD0487T01 en la sede electrónica del Principado de Asturias).
Exclusiones
- Entidades prestadoras de servicios a la juventud con carácter docente o deportivo.
- Entidades que hayan obtenido subvención en las dos últimas convocatorias de esta misma línea no podrán recibir financiación para la misma clase de equipamiento ya subvencionado (salvo la excepción del apartado 3, letra f) de la base reguladora cuarta).
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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