Avido
No solicitable Cerrada Local · Pontevedra

Equipamiento para agrupaciones de voluntarios de protección civil

Agrupaciones voluntarias de protección civil en municipios de menos de 50.000 hab. de Pontevedra

COOPERACIÓN COS MUNICIPIOS · nº 904684

Título oficial: +PROTECCIÓN 2026 AGRUPACIONES VOLUNTARIOS PROTECCIÓN CIVIL

Subvenciones para financiar equipamientos e inversiones necesarios para el funcionamiento de las agrupaciones de voluntarios de protección civil de la provincia de Pontevedra.

Compartir

Presupuesto

100.000 €

Plazo de solicitud

30 de 30 días

14/05/2026 — 13/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Pontevedra

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Inversiones productivas

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiación de gastos de equipamiento con carácter de inversión necesarios para el funcionamiento de las agrupaciones de voluntarios de protección civil.

Quién puede solicitarla

Agrupaciones de personal voluntario de protección civil legalmente constituidas, sin fines de lucro, con actividad en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes de la provincia de Pontevedra, inscritas en el Registro de Agrupaciones de Personal Voluntario de Protección Civil de Galicia.

Periodo de ejecución

Desde la publicación de las bases en el BOPPO hasta el 30 de junio de 2027.

Plazo de solicitud

1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de las bases y del extracto en el BOPPO y en la BDNS.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra: https://sede.depo.gal

Forma de pago

Transferencia bancaria en el plazo de un mes desde que se perciba el ingreso de la subvención.

Compatibilidad con otras ayudas

Compatible con otras ayudas.

Requisitos clave

  • Estar legalmente constituida y sin fines de lucro
  • Tener actividad en un municipio de menos de 50.000 habitantes de la provincia de Pontevedra
  • Estar inscrita en el Registro de Agrupaciones de Personal Voluntario de Protección Civil de Galicia
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la legislación vigente en materia de subvenciones

Gastos subvencionables

  • Maquinaria (motosierras, desbrozadoras, compresores, generadores, hidrolimpiadoras, bombas de achique, etc.)
  • Herramientas de rescate y salvamento (escaleras, linternas, mangueras, drones, palas, sierras, etc.)
  • Mobiliario para el local de la agrupación
  • Equipos informáticos (ordenadores, tabletas, impresoras)
  • Equipos de comunicación y dispositivos móviles (radios, walkie-talkies, GPS, etc.)
  • Material de seguridad vial inventariable y material sanitario inventariable
  • Equipos de protección individual (EPI) con consideración de inversión, homologados y certificados

Documentación requerida

  • Documentación exigida conforme a la base décima de las bases reguladoras

Exclusiones

  • Vestuario y material textil
  • EPI con valor unitario inferior a 40 €

Obligaciones posteriores

  • Justificar los gastos mediante la documentación prevista en la base decimoquinta antes del 31 de julio de 2027
  • Abonar todos los gastos justificados mediante transferencia bancaria en el plazo de un mes desde que se perciba el ingreso de la subvención

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.

Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.