Equipamiento de local de archivo para entidades sin ánimo de lucro
Entidades privadas sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE · nº 893765
Título oficial: 332A LINEA "B" AYUDAS ENT. PRIV. SIN LUCRO. EQUIPAMIENTO LOCAL. 2026
Subvenciones para el equipamiento de locales de archivo dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro en la Comunidad de Madrid. La cuantía máxima por solicitud es de 15.000 €.
Presupuesto
36.000 €
Plazo de solicitud
21 de 21 días31/03/2026 — 21/04/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · COMUNIDAD DE MADRID
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 15.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Equipamiento de locales de archivo por parte de entidades privadas sin ánimo de lucro, en el marco de actuaciones en materia de archivos.
Quién puede solicitarla
Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos generales de la convocatoria y los específicos de la línea de equipamiento de local de archivo (línea b).
Periodo de ejecución
Las actuaciones deben justificarse como máximo el 31 de octubre de 2026.
Plazo de solicitud
Catorce días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Cómo se presenta
Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través de la Sede Electrónica (sede.comunidad.madrid).
Forma de pago
Pago previa justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda.
Requisitos clave
- El local a equipar debe ser considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General competente en materia de Archivos.
- Para solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos o software específico de gestión de archivo, la entidad debe contar con personal técnico archivero.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar incursa en causas de prohibición para obtener subvenciones del art. 13 de la Ley 38/2003.
- Estar dada de alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid (NOTE).
Gastos subvencionables
- Equipamiento de local de archivo.
- Dispositivos de reproducción de documentos (si se cuenta con personal técnico archivero).
- Software específico de gestión de archivo (si se cuenta con personal técnico archivero).
Documentación requerida
- Declaración responsable firmada por la persona titular de la Secretaría del órgano de gobierno (o persona habilitada) acreditando que la entidad no incurre en causas de prohibición del art. 13 Ley 38/2003.
- Certificación de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (puede obtenerse de oficio con consentimiento expreso).
- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (se obtiene de oficio salvo oposición expresa).
- Solicitud en el modelo oficial obligatorio ('Solicitud de ayuda a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de archivos').
Exclusiones
- Solicitudes que superen los 15.000 €, que serán excluidas.
Obligaciones posteriores
- Presentar la documentación justificativa de la subvención antes del 31 de octubre de 2026.
- Mantener los requisitos exigidos hasta la fecha de justificación de la ayuda.
- Relacionarse electrónicamente con la Administración y estar dado de alta en el sistema NOTE.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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