Avido
No solicitable Cerrada Local · Zaragoza

Elimina barreras arquitectónicas en zonas comunes de tu edificio

Comunidades de propietarios en Utebo con vecinos mayores de 65 años o con discapacidad

AYUNTAMIENTO DE UTEBO · nº 912983

Título oficial: Ayudas a la accesibilidad en elementos comunes de edificios, año 2026

Subvenciones para suprimir barreras arquitectónicas en elementos comunes de edificios —rampas, ascensores, plataformas elevadoras y otras actuaciones— situados en el término municipal de Utebo.

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Presupuesto

40.000 €

Plazo de solicitud

27 de 27 días

20/06/2026 — 17/07/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · Zaragoza

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Apoyo a personas y entidades, Reformas y eficiencia energética

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actuaciones para suprimir barreras arquitectónicas en elementos comunes de edificios (desde la calle hasta la puerta de las viviendas) situados en Utebo: puesta en marcha de plataformas elevadoras, bajas a cota cero de ascensores, rampas, otras actuaciones de eliminación de barreras físicas, sensoriales e intelectuales, y puesta a punto de mecanismos de plataformas ya instaladas.

Quién puede solicitarla

Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios (conforme al art. 5 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal), excluidas las de propiedad horizontal tumbada, en cuyos propietarios o unidades de convivencia conste la existencia de personas mayores de 65 años o personas con discapacidad y/o dependencia.

Plazo de solicitud

Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.

Requisitos clave

  • La comunidad debe estar constituida conforme al art. 5 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal.
  • Entre los propietarios o su unidad de convivencia debe constar al menos una persona mayor de 65 años o con discapacidad y/o dependencia.
  • El edificio debe estar situado en el término municipal de Utebo.
  • La unidad de convivencia se define por empadronamiento en el mismo domicilio y vínculo familiar hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad.

Gastos subvencionables

  • Puesta en marcha de plataformas elevadoras existentes.
  • Bajas a cota cero de ascensores existentes.
  • Rampas.
  • Otras actuaciones para la eliminación de barreras físicas, sensoriales e intelectuales.
  • Puesta a punto de mecanismos que permitan el funcionamiento de plataformas ya instaladas.

Exclusiones

  • Comunidades de propiedad horizontal tumbada.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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