Elimina barreras arquitectónicas e instala ascensor en tu edificio
Comunidades de propietarios y viviendas unifamiliares en Picanya
AYUNTAMIENTO DE PICANYA · nº 892011
Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS E INSTALACIÓN DE ASCENSORES 2026
Subvenciones del Ayuntamiento de Picanya para la eliminación de barreras arquitectónicas e instalación de ascensores, salvaescaleras o elevadores en edificios residenciales del municipio.
Presupuesto
40.000 €
Plazo de solicitud
132 de 257 díasQuedan 125 días
Abrió 18/03 · cierra 30/11/2026
Beneficiarios
Persona física, Otro
Ámbito
Local · Valencia/València
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Reformas y eficiencia energética
Cuantía por beneficiario
Hasta 25.000 € (hasta 20% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Ayudas para la eliminación de barreras arquitectónicas e instalación de ascensores, salvaescaleras, elevadores o bajada de ascensor a cota cero en edificios residenciales de Picanya.
Quién puede solicitarla
Comunidades de propietarios de edificios residenciales colectivos en Picanya y, exclusivamente para instalación de salvaescaleras o elevadores, también viviendas unifamiliares.
Plazo de solicitud
Desde el día siguiente a la publicación en la Base Nacional de Subvenciones hasta el 30 de noviembre de 2026.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ayuntamiento de Picanya
Compatibilidad con otras ayudas
No compatible con otras subvenciones para el mismo objeto en el importe concurrente (declaración responsable exigida)
Requisitos clave
- Edificio de tipología residencial colectiva ubicado en Picanya (viviendas unifamiliares solo para salvaescaleras/elevadores)
- Edificio finalizado antes de 1997, salvo para instalación de salvaescaleras o elevadores
- Al menos el 70% de la superficie construida sobre rasante con uso residencial de vivienda
- Al menos el 70% de las viviendas debe constituir el domicilio habitual de sus propietarios o usuarios
Gastos subvencionables
- Instalación de ascensor (límite 9.000 €)
- Instalación de salvaescaleras o elevadores (límite 3.000 €)
- Bajada de ascensor a cota cero (límite 3.000 €)
- Instalación de ascensor con afección en elementos estructurales (límite 25.000 €)
Documentación requerida
- DNI/NIE del representante legal o propietario
- Acreditación de la representación (acta o anexo I)
- CIF de la Comunidad de Propietarios (si aplica)
- Acuerdo de la Comunidad de Vecinos solicitando la subvención (si aplica)
- Declaración responsable de no concurrencia de subvenciones para el mismo objeto
- Declaración responsable de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Ficha de mantenimiento de terceros o certificado de titularidad de cuenta bancaria
- Proyecto o memoria de la actuación y presupuesto (o factura en viviendas unifamiliares)
Exclusiones
- Viviendas unifamiliares para actuaciones distintas a la instalación de salvaescaleras o elevadores
- Edificios finalizados en 1997 o después, salvo para salvaescaleras o elevadores
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 30/11/2026 — quedan 125 días para solicitarla.
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