Digitalización y preservación del patrimonio bibliográfico
Comunidades autónomas, entidades locales, universidades públicas y entidades privadas sin fines de lucro
DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, DEL CÓMIC Y DE LA LECTURA · nº 900955
Título oficial: Resolución de 15 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan las subvenciones a la digitalización y preservación del patrimonio bibliográfico y su difusión mediante repositorios, correspondiente al año 2026.
Subvenciones en concurrencia competitiva para proyectos de digitalización de bienes del patrimonio bibliográfico cuyos resultados sean accesibles en línea y se agreguen a los repositorios «Hispana» y «Europeana».
Presupuesto
455.000 €
Plazo de solicitud
22 de 22 días26/04/2026 — 18/05/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Digitalización, Educación, cultura y deportes
Cuantía por beneficiario
Hasta 60.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos de digitalización de bienes del patrimonio bibliográfico (o de especial interés bibliográfico) cuyos resultados sean accesibles en línea y se agreguen al recolector «Hispana» del Ministerio de Cultura y a «Europeana».
Quién puede solicitarla
Comunidades autónomas y sus organismos y entidades vinculados o dependientes; universidades públicas españolas; entidades locales españolas y sus organismos y entidades vinculados o dependientes; entidades privadas sin fines de lucro de nacionalidad española y reales academias.
Plazo de solicitud
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Requisitos clave
- Las obras a digitalizar no deben haber sido previamente digitalizadas, o debe justificarse la necesidad de una nueva digitalización.
- Los bienes deben pertenecer al dominio público o la entidad solicitante debe poseer los derechos de explotación necesarios.
- Los resultados de la digitalización deben ser accesibles en línea.
- Cada entidad solicitante solo puede presentar una solicitud.
- La cuantía solicitada debe ser inferior a 60.000 euros.
- Las entidades beneficiarias deben ceder al Ministerio los derechos para publicar y difundir los objetos digitales en «Hispana», «Europeana» y otras bibliotecas digitales gestionadas por el Ministerio.
Exclusiones
- Proyectos de digitalización de bienes que formen parte del patrimonio documental conforme al artículo 49 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
Obligaciones posteriores
- Agregar los objetos digitales resultantes al recolector «Hispana» y a «Europeana».
- Ceder al Ministerio de Cultura los derechos necesarios para la publicación y difusión de los objetos digitales en «Hispana», «Europeana» y otras bibliotecas digitales gestionadas por el Ministerio.
- Autorizar la incorporación de los registros bibliográficos y de ejemplar de sus catálogos a los catálogos gestionados por el Ministerio (p. ej. Catálogo Colectivo de Patrimonio Bibliográfico) para su difusión en abierto.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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