Digitalización para asociaciones de comercio, hostelería y mercados municipales en Madrid
Asociaciones del sector comercial, hostelero y hotelero, y concesionarios de mercados municipales de Madrid
ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y HACIENDA · nº 895942
Título oficial: Decreto de 27 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
Subvenciones de hasta el 85 % del gasto (máx. 50 000 € por beneficiario) para financiar herramientas e instrumentos que faciliten la transformación digital de asociaciones del comercio, la hostelería y la hotelería, así como de concesionarios de mercados mu...
Presupuesto
200.000 €
Plazo de solicitud
19 de 19 días09/04/2026 — 28/04/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Local · Madrid
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Digitalización
Cuantía por beneficiario
Hasta 50.000 € (hasta 85% del gasto)
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar instrumentos y herramientas para la implantación y gestión operativa de procesos de transformación digital de asociaciones de los sectores comercial, hostelero y hotelero, y de entidades concesionarias de mercados municipales en el municipio de Madrid.
Quién puede solicitarla
Titulares de concesión de mercados municipales gestionados en régimen de concesión administrativa, y asociaciones sin ánimo de lucro constituidas mayoritariamente por empresarios del sector comercial, hostelero y hotelero que desarrollen el proyecto en el municipio de Madrid.
Periodo de ejecución
Hasta el 31 de diciembre de 2026
Plazo de solicitud
20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid
Cómo se presenta
Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es)
Forma de pago
Pago único anticipado sin exigencia de garantías
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 100%
Requisitos clave
- Estar formalmente constituidas e inscritas
- Desarrollar el proyecto subvencionado dentro del municipio de Madrid
- Actividad circunscrita preferentemente al municipio de Madrid (para asociaciones)
- No incurrir en ninguna de las circunstancias prohibidas del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 (LGS)
Gastos subvencionables
- Estudios de viabilidad para proyectos de transformación digital
- Planes de actuación para identidad y cultura corporativa digital
- Desarrollo de plataformas de comercio, sitios web, presencia en internet y cuotas de adhesión a soportes ecommerce
- Acciones promocionales mediante redes sociales y canales multimedia (medios propios o contratados a terceros)
- Contratación de personal dedicado en exclusiva a logística de tienda online (con requisitos mínimos de acreditación)
- Software de gestión comercial y fidelización (CRM, SCM, APPs)
- Diseño e implantación de soluciones personalizadas para automatización de procesos internos
- Aplicación de soluciones de inteligencia artificial para mejora competitiva
Exclusiones
- Iniciativas, programas o actuaciones de digitalización que excedan las competencias de la Dirección General de Comercio y Hostelería
Obligaciones posteriores
- Justificar la subvención mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto
- Plazo de justificación: tres meses desde la finalización del plazo de ejecución (31 de diciembre de 2026)
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
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