Subvenciones para acciones intersectoriales de prevención de riesgos laborales
Organizaciones empresariales, sindicales y fundaciones constituidas por estas, de ámbito estatal
FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES F.S.P. · nº 927017
Título oficial: Convocatoria para el desarrollo de las actuaciones en el ámbito intersectorial contempladas en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 para el ejercicio 2025, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.
Subvenciones para realizar acciones intersectoriales de información, asistencia técnica y promoción del cumplimiento normativo en materia de seguridad y salud en el trabajo, en el marco de la Estrategia Española 2023-2027.
Presupuesto
4.976.862 €
Plazo de solicitud
29 de 29 días02/09/2026 — 01/10/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Estatal
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 300.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar acciones intersectoriales de información, asistencia técnica y promoción del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, especialmente dirigidas a pequeñas empresas, en ámbito territorial supraautonómico y en al menos dos sectores de actividad.
Quién puede solicitarla
Organizaciones empresariales y sindicales más representativas sin ánimo de lucro, fundaciones u otras entidades constituidas por estas, y agrupaciones sin personalidad jurídica formadas por dichas organizaciones, que representen a todos los sectores y tengan entre sus fines la representación, promoción y defensa de intereses en materia de prevención de riesgos laborales.
Periodo de ejecución
Del 1 de marzo de 2027 al 31 de agosto de 2028
Plazo de solicitud
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE
Cómo se presenta
Electrónico, mediante la aplicación Gestor de Acciones 4.0, disponible en https://www.feprl.es
Forma de pago
Pago previa justificación de la actividad. Se pueden solicitar hasta dos anticipos: un primero de hasta el 50 % del importe concedido y un segundo de hasta el 30 % adicional tras acreditar el inicio de la actividad.
Condiciones económicas
- Anticipo: hasta 50%
- Régimen de minimis: no
Requisitos clave
- Cumplir los requisitos del artículo 6 de la Orden TES/237/2026, de 10 de marzo
- Las acciones deben desarrollarse en ámbito territorial supraautonómico
- Las acciones deben abarcar al menos dos de los cuatro sectores del Informe Anual de Accidentes de Trabajo (Agrario, Construcción, Industria y Servicios)
- Las acciones deben orientarse a al menos uno de los objetivos estratégicos de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027
- Las entidades de una agrupación son solidariamente responsables
Gastos subvencionables
- Acciones de información
- Acciones de asistencia técnica
- Acciones de promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales
Documentación requerida
- Solicitud presentada electrónicamente mediante la aplicación Gestor de Acciones 4.0 (https://www.feprl.es)
- Memoria justificativa de la actividad
- Informe de auditor de cuentas cuando la acción concedida supere los 100.000 €
- Garantía (aval o seguro) si se solicita anticipo que supere el 50 % y el beneficiario ha sido objeto de resolución de reintegro total firme en los dos años anteriores
Obligaciones posteriores
- Ejecutar las acciones entre el 1 de marzo de 2027 y el 31 de agosto de 2028
- Justificar la realización de la actividad mediante cuenta justificativa o acreditación por módulos
- Presentar informe de auditor de cuentas si la acción concedida supera los 100.000 €
- Reintegrar los anticipos percibidos en caso de falta de justificación
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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