Desarrolla proyectos de arte y educación
Para autónomos y pymes de la Región de Murcia
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA ( ICA ) · nº 918793
Título oficial: RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y LAS ARTES DE LA REGIÓN DE MURCIA, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS AL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ARTE Y EDUCACIÓN
Convocatoria de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de arte y educación en la Región de Murcia.
Presupuesto
100.000 €
Plazo de solicitud
11 de 66 díasQuedan 55 días
Abrió 17/07 · cierra 21/09/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Murcia
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes, I+D e innovación tecnológica
Detalle de la convocatoria
Objeto
Financiar proyectos que promuevan la colaboración entre agentes artísticos y culturales y centros educativos para integrar lenguajes, prácticas y metodologías artísticas en los procesos de aprendizaje escolar.
Quién puede solicitarla
Entidades privadas con o sin ánimo de lucro, entidades públicas (incluidas agrupaciones de entidades locales), autónomos en RETA, y agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad jurídica, incluyendo entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales.
Compatibilidad con otras ayudas
No compatible con cofinanciación por otros fondos estructurales de la Unión Europea.
Requisitos clave
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
- Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
- No tener obligaciones tributarias en período ejecutivo ante la CARM (salvo suspensión, aplazamiento o garantía)
- Estar dado de alta en el epígrafe del IAE correspondiente y tener objeto o fin social acorde con la actividad subvencionable
- No estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 ni en las del art. 71 de la Ley 9/2017
- Cumplir los requisitos desde la presentación de la solicitud y durante todas las fases del proyecto
Documentación requerida
- Solicitud con indicación del importe solicitado (en caso de agrupaciones, compromisos de ejecución y gasto de cada miembro)
- Designación de representante o apoderado único con poderes bastantes (para agrupaciones sin personalidad jurídica)
Exclusiones
- Solicitantes incursos en prohibiciones del art. 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
- Solicitantes con obligaciones tributarias en período ejecutivo ante la CARM no suspendidas ni aplazadas
- Solicitantes no al corriente de obligaciones tributarias, de Seguridad Social o de reintegro de subvenciones
- Solicitantes sin alta en el epígrafe del IAE correspondiente o con objeto social no acorde con la actividad subvencionable
- Solicitantes incursos en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003
Obligaciones posteriores
- Mantener el cumplimiento de requisitos durante todas las fases del proyecto y su justificación
- Las agrupaciones sin personalidad jurídica no podrán disolverse hasta que transcurran los plazos de prescripción para el reintegro e infracciones previstos en los arts. 39 y 65 de la Ley 38/2003
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 21/09/2026 — quedan 55 días para solicitarla.
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