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Solicitable Abierta Autonómica · Murcia

Cuota Cero Ampliada: subvención para nuevos autónomos en Murcia

Personas que se dan de alta por primera vez (o reinician) en el RETA en la Región de Murcia

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF) · nº 888672

Título oficial: Programa de Subvenciones de Cuota Cero Ampliada. Reg. (UE) n.º 2023/2831

Subvención para quienes causen alta inicial en el RETA —o no hayan estado de alta en los dos años anteriores— para desarrollar una actividad económica por cuenta propia a tiempo completo en la Región de Murcia. También cubre a autónomas que retoman la activ...

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Presupuesto

5.900.000 €

Plazo de solicitud

153 de 232 días

Quedan 79 días

Abrió 25/02 · cierra 15/10/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Murcia

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Empleo y conciliación, Emprendimiento

Cuantía por beneficiario

Hasta 2.920 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Subvencionar el establecimiento inicial y los gastos de mantenimiento de la actividad por cuenta propia de personas que causan alta en el RETA en la Región de Murcia.

Quién puede solicitarla

Personas que causen alta inicial en el RETA o que no hayan estado de alta en los dos años anteriores; y autónomas que retoman la actividad dentro de los dos años siguientes al cese por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o tutela.

Plazo de solicitud

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM hasta el 15 de octubre de 2026, sin perjuicio del plazo individualizado de cada solicitud.

Cómo se presenta

Sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), con firma electrónica. Presentación presencial solo subsanable mediante posterior presentación electrónica.

Requisitos clave

  • Alta inicial en el RETA o sin alta en los dos años inmediatamente anteriores
  • Actividad económica por cuenta propia a tiempo completo en la Región de Murcia
  • Para autónomas que retoman actividad: cese por nacimiento/adopción/guarda/acogimiento/tutela hace no más de 12 meses y mínimo 3 meses desde el cese hasta el nuevo alta
  • Presentación de declaración responsable de cumplimiento de requisitos
  • Firma electrónica para presentar la solicitud por sede electrónica

Gastos subvencionables

  • Establecimiento inicial por cuenta propia (1.000 €)
  • Mantenimiento de la actividad: cuota reducida RETA (art. 38 ter Ley 20/2007) × 24 meses (80 €/mes en 2026, total 1.920 €)

Documentación requerida

  • Modelo único de instancia/formulario disponible en sede electrónica (Código 4091)
  • Declaración responsable del solicitante sobre cumplimiento de requisitos
  • Documentación del Anexo I de la Resolución de convocatoria
  • En caso de oposición a consulta de datos: documentos acreditativos de los requisitos

Exclusiones

  • Solicitudes presentadas fuera del plazo general (hasta el 15 de octubre de 2026)
  • Personas que hayan estado de alta en el RETA en los dos años inmediatamente anteriores (salvo supuesto de cese por maternidad/adopción/guarda)

Obligaciones posteriores

  • Permitir la comprobación por el SEF del cumplimiento de requisitos y condiciones durante la vigencia de la subvención

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

El plazo cierra el 15/10/2026 — quedan 79 días para solicitarla.

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