Crea o amplía áreas de acogida de autocaravanas en tránsito
Entidades locales del Principado de Asturias
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO · nº 904829
Título oficial: Convocatoria pública de subvenciones en materia de turismo en régimen de concurrencia competitiva para las entidades locales del Principado de Asturias en el año 2026.
Subvenciones para promover la creación de áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito de categoría básica o la transformación de zonas de estacionamiento ya existentes en este tipo de áreas.
Presupuesto
150.000 €
Plazo de solicitud
13 de 13 días26/05/2026 — 08/06/2026
Beneficiarios
Otro
Ámbito
Autonómica · Asturias
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Comercio y turismo, Inversiones productivas
Cuantía por beneficiario
Hasta 100.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Promover la creación de áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito de categoría básica o la transformación de zonas de estacionamiento de autocaravanas ya existentes en este tipo de áreas.
Quién puede solicitarla
Entidades locales ubicadas en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Periodo de ejecución
El plazo para la realización de gastos subvencionables es el establecido en la base segunda de la Resolución de 26 de mayo de 2023.
Plazo de solicitud
15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOPA. Si el último día fuera inhábil, se amplía al primer día hábil siguiente.
Cómo se presenta
Sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es), código de trámite AYUD0461T01.
Compatibilidad con otras ayudas
Compatible con otras subvenciones de administraciones públicas o entidades privadas, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad subvencionada.
Requisitos clave
- La actuación debe consistir en crear un área especial de acogida de autocaravanas en tránsito de categoría básica o transformar una zona de estacionamiento ya existente.
- La aportación máxima varía según la población de derecho de la entidad local: hasta el 90% para menores de 5.000 habitantes, hasta el 80% entre 5.000 y 20.000, hasta el 70% entre 20.001 y 50.000, y hasta el 50% para mayores de 50.000.
- La población de referencia es la cifra oficial del INE del año inmediatamente anterior al de la convocatoria.
Documentación requerida
- Formulario normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias (código AYUD0461T01).
Exclusiones
- El importe de la subvención no puede superar el coste total de la actividad subvencionada, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas.
Obligaciones posteriores
- Justificar la realización del gasto subvencionado en la forma y plazo establecidos en la base decimoquinta y base segunda de la Resolución de 26 de mayo de 2023.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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