Convierte contratos parciales en jornada completa con subvención
Autónomos, mutualistas de colegios profesionales y pymes en Andalucía
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 892256
Título oficial: Resolución de 11 de marzo de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T L3. Minimis General.
Subvenciones en concurrencia no competitiva para incentivar la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa, en el marco del Programa Emplea-T Línea 3.
Presupuesto
28.000.000 €
Plazo de solicitud
104 de 104 días18/03/2026 — 30/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Empleo y conciliación
Cuantía por beneficiario
Hasta 11.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Incentivar la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial (igual o inferior al 50 % de la jornada completa) en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa, para trabajadores mayores de 30 años.
Quién puede solicitarla
Personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales dadas de alta en el RETA o mutualidad alternativa, y pymes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Periodo de ejecución
Las conversiones deben producirse entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo de presentación de solicitudes.
Plazo de solicitud
No consta en el extracto una regla de plazo de solicitud específica más allá de la vinculación con la fecha de conversión del contrato.
Requisitos clave
- La persona trabajadora objeto de la conversión debe ser mayor de 30 años en la fecha de inicio de la conversión.
- La jornada parcial inicial debe ser igual o inferior al 50 % de la jornada laboral completa.
- La conversión debe producirse entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo de presentación de solicitudes.
- La fecha de variación de datos de afiliación a la Seguridad Social debe estar comprendida entre el 1 de enero de 2026 y los diez días posteriores a la presentación de la solicitud.
- La contratación indefinida ordinaria subvencionada debe mantenerse durante un mínimo de 24 meses desde la fecha de conversión.
- Cumplir los requisitos generales del artículo 4 de las bases reguladoras (Orden de 3 de octubre de 2024).
Gastos subvencionables
- Conversión de contrato indefinido ordinario a jornada parcial en contrato indefinido ordinario a jornada completa de trabajadores mayores de 30 años.
Obligaciones posteriores
- Mantener la contratación indefinida ordinaria a jornada completa durante un mínimo de 24 meses desde la fecha de conversión.
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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