Avido
No solicitable Cerrada Local · León

Control de la procesionaria del pino en zonas urbanas

Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN · nº 903089

Título oficial: SUBV. LUCHA PROCESIONARIA DEL PINO

Subvenciones para actividades de gestión, control y lucha contra la procesionaria del pino en zonas urbanas de municipios leoneses de menos de 20.000 habitantes, incluyendo acciones de educación ambiental y sensibilización.

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Presupuesto

20.000 €

Plazo de solicitud

26 de 26 días

07/05/2026 — 02/06/2026

Beneficiarios

Otro

Ámbito

Local · León

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Cuantía por beneficiario

Hasta 1.300 € (hasta 90% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actividades de gestión, control y lucha contra la procesionaria del pino en zonas urbanas (parques, jardines, piscinas públicas, paseos…), incluidas acciones de educación ambiental y sensibilización.

Quién puede solicitarla

Ayuntamientos de la provincia de León con menos de 20.000 habitantes que realicen actividades de lucha y control de la procesionaria del pino entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026.

Periodo de ejecución

Del 1 de agosto de 2025 al 31 de julio de 2026.

Plazo de solicitud

Veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de León.

Cómo se presenta

Vía electrónica a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de León (https://sede.dipuleon.es/).

Forma de pago

Pago único tras justificación del gasto y acreditación del cumplimiento de requisitos.

Compatibilidad con otras ayudas

Compatible con otras ayudas.

Requisitos clave

  • Ser ayuntamiento de la provincia de León con menos de 20.000 habitantes.
  • Realizar actividades de lucha y control de la procesionaria del pino establecidas en la base primera de la convocatoria.
  • Actuaciones ejecutadas en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026.
  • Reunir los requisitos establecidos en la base tercera de las BGS.

Gastos subvencionables

  • Elementos de lucha física, mecánica, biológica y biocida (trampas de feromonas, cajas anidaderas, bolsones, inhibidores de crecimiento, insecticidas microbiológicos, piretroides sintéticos, etc.).
  • Equipamiento necesario para las actuaciones.
  • Formación de personal.
  • Asistencia técnica para la aplicación y/o suelta de agentes de control.
  • Acciones de sensibilización y educación ambiental.

Documentación requerida

  • Anexo I (solicitud).
  • Memoria descriptiva de las actuaciones con presupuesto de gastos e ingresos, lugar de realización, descripción del tratamiento y fecha de realización.

Exclusiones

  • Gastos inventariables o de inversión.
  • Gastos destinados a la corta o eliminación total del árbol.
  • Actuaciones fuera del ámbito urbano.

Obligaciones posteriores

  • Justificar el gasto antes del 31 de agosto de 2026, aportando la documentación prevista en la base décima de la convocatoria.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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