Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Andalucía

Contrata indefinidamente y recibe un incentivo en Andalucía

Autónomos (2.ª contratación o más) y pymes en Andalucía

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 894135

Título oficial: Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 2 Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de Pymes. Mínimis Agrícola.

Subvenciones para incentivar la contratación indefinida ordinaria (jornada completa o ≥50 % parcial) de personas desempleadas menores de 30 años, mayores de 45 o de larga duración, por parte de autónomos (segunda contratación o sucesivas) y pymes en Andalucía.

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Presupuesto

10.680.837 €

Plazo de solicitud

94 de 94 días

28/03/2026 — 30/06/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Andalucía

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Empleo y conciliación

Detalle de la convocatoria

Objeto

Incentivar la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por autónomos, y cualquier contratación indefinida ordinaria por pymes, de personas desempleadas de colectivos específicos (menores de 30, mayores de 45 o larga duración), a jornada completa o parcial igual o superior al 50 %.

Quién puede solicitarla

Personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales (segunda contratación indefinida o sucesivas) y pymes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Periodo de ejecución

Desde el 1 de enero de 2026 hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes

Plazo de solicitud

No consta en el extracto proporcionado

Cómo se presenta

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)

Compatibilidad con otras ayudas

No consta

Requisitos clave

  • La persona contratada debe estar desempleada el día anterior al inicio de la relación laboral
  • La persona contratada debe pertenecer a uno de los colectivos: menor de 30 años, mayor de 45 años o desempleada de larga duración
  • El contrato debe ser indefinido ordinario a jornada completa o parcial igual o superior al 50 % de la jornada completa
  • La contratación subvencionable debe iniciarse entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo de presentación de solicitudes
  • La fecha de alta en la Seguridad Social debe estar comprendida entre el 1 de enero de 2026 y los diez días posteriores a la presentación de la solicitud
  • El contrato subvencionado debe mantenerse un mínimo de 24 meses desde el inicio de la relación laboral

Gastos subvencionables

  • Contratación indefinida ordinaria a jornada completa
  • Contratación indefinida ordinaria a jornada parcial igual o superior al 50 % de la jornada completa

Exclusiones

  • Autónomos que soliciten la primera contratación indefinida (corresponde a la Línea 1)
  • Solicitantes que no cumplan los requisitos generales del artículo 4 de las bases reguladoras

Obligaciones posteriores

  • Mantener la contratación indefinida subvencionada durante un mínimo de 24 meses desde el inicio de la relación laboral

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

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