Contrata de forma indefinida y recibe un incentivo en Andalucía
Autónomos (2.ª contratación o más) y pymes en Andalucía — Programa Emplea-T
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · nº 894133
Título oficial: Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 2 Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de Pymes. Mínimis General.
Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para incentivar la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por autónomos, y cualquier contratación indefinida ordinaria por pymes, de personas desempleadas de colectivos específicos en...
Presupuesto
37.382.929 €
Plazo de solicitud
94 de 94 días28/03/2026 — 30/06/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades, Empleo y conciliación
Detalle de la convocatoria
Objeto
Incentivar la contratación indefinida ordinaria (jornada completa o parcial ≥50%) de personas desempleadas menores de 30 años, mayores de 45 años o desempleadas de larga duración, por parte de autónomos (2.ª contratación o más) y pymes.
Quién puede solicitarla
Personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales (segunda o sucesivas contrataciones indefinidas) y pymes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Periodo de ejecución
Contrataciones iniciadas entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo de presentación de solicitudes
Requisitos clave
- La persona contratada debe estar desempleada el día anterior al inicio de la relación laboral
- La persona contratada debe pertenecer a uno de los colectivos: menores de 30 años, mayores de 45 años o desempleados de larga duración
- La contratación debe ser indefinida ordinaria a jornada completa o parcial igual o superior al 50% de la jornada completa
- La contratación subvencionable debe iniciarse entre el 1 de enero de 2026 y el último día del plazo de presentación de solicitudes
- El contrato debe mantenerse un mínimo de 24 meses desde el inicio de la relación laboral
- Para autónomos: debe tratarse de la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias
Gastos subvencionables
- Contratación indefinida ordinaria a jornada completa
- Contratación indefinida ordinaria a jornada parcial igual o superior al 50% de la jornada completa
Exclusiones
- Autónomos que soliciten el incentivo por su primera contratación indefinida (corresponde a la Línea 1)
Obligaciones posteriores
- Mantener la contratación indefinida subvencionada durante un mínimo de 24 meses desde el inicio de la relación laboral
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
Te avisamos de la próxima edición y de ayudas similares que sí puedas solicitar.
Aviso diario por email. Sin spam, puedes darte de baja cuando quieras.