Compensación a explotaciones ganaderas afectadas por tuberculosis bovina en La Rioja
Explotaciones ganaderas de La Rioja con al menos un positivo por tuberculosis bovina en 2025
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · nº 893753
Título oficial: AYUDAS A EXPLOTAC. GANADERAS CON TUBERCULOSIS BOVINA
Subvenciones para compensar la pérdida de rentabilidad de explotaciones ganaderas de La Rioja afectadas por tuberculosis bovina, con el fin de contribuir a restablecer su viabilidad.
Presupuesto
60.000 €
Plazo de solicitud
16 de 16 días24/03/2026 — 09/04/2026
Beneficiarios
Autónomo, PYME
Ámbito
Autonómica · Rioja
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Economía rural y medioambiente
Cuantía por beneficiario
Hasta 50.000 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Compensar la pérdida de rentabilidad de explotaciones ganaderas afectadas por tuberculosis bovina, contribuyendo a restablecer su viabilidad económica
Quién puede solicitarla
Explotaciones ganaderas de La Rioja que hayan obtenido al menos un resultado positivo por tuberculosis bovina entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
Periodo de ejecución
Explotaciones con resultado positivo por tuberculosis bovina entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
Plazo de solicitud
10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja
Cómo se presenta
Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, registro auxiliar de la Consejería, o sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25295). Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica están obligadas a presentar en sede electrónica.
Forma de pago
Pago único tras resolución de concesión publicada en el Boletín Oficial de La Rioja
Compatibilidad con otras ayudas
Sujeta al límite acumulado de minimis de 50.000 € en cualquier período de tres años conforme al Reglamento (UE) nº 1408/2013 modificado por el Reglamento (UE) 2024/3118
Requisitos clave
- Haber obtenido al menos un resultado positivo por tuberculosis bovina entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
- Cumplir los requisitos del artículo 3 de la Orden AGM/17/2024, de 2 de abril
- No superar el límite de minimis de 50.000 € en cualquier período de tres años (Reglamento UE 1408/2013 modificado por UE 2024/3118)
Documentación requerida
- Solicitud según modelo disponible en sede electrónica (www.larioja.org)
- Declaración de ayudas de minimis recibidas durante cualquier período de tres años sujetas al Reglamento (UE) nº 1408/2013
Obligaciones posteriores
- Someterse a las obligaciones establecidas en la Orden reguladora y en la normativa aplicable en materia de subvenciones
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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