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No solicitable Cerrada Autonómica · Rioja

Compensación a explotaciones ganaderas afectadas por tuberculosis bovina en La Rioja

Explotaciones ganaderas de La Rioja con al menos un positivo por tuberculosis bovina en 2025

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · nº 893753

Título oficial: AYUDAS A EXPLOTAC. GANADERAS CON TUBERCULOSIS BOVINA

Subvenciones para compensar la pérdida de rentabilidad de explotaciones ganaderas de La Rioja afectadas por tuberculosis bovina, con el fin de contribuir a restablecer su viabilidad.

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Presupuesto

60.000 €

Plazo de solicitud

16 de 16 días

24/03/2026 — 09/04/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Rioja

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Economía rural y medioambiente

Cuantía por beneficiario

Hasta 50.000 €

Detalle de la convocatoria

Objeto

Compensar la pérdida de rentabilidad de explotaciones ganaderas afectadas por tuberculosis bovina, contribuyendo a restablecer su viabilidad económica

Quién puede solicitarla

Explotaciones ganaderas de La Rioja que hayan obtenido al menos un resultado positivo por tuberculosis bovina entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025

Periodo de ejecución

Explotaciones con resultado positivo por tuberculosis bovina entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025

Plazo de solicitud

10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja

Cómo se presenta

Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, registro auxiliar de la Consejería, o sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25295). Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica están obligadas a presentar en sede electrónica.

Forma de pago

Pago único tras resolución de concesión publicada en el Boletín Oficial de La Rioja

Compatibilidad con otras ayudas

Sujeta al límite acumulado de minimis de 50.000 € en cualquier período de tres años conforme al Reglamento (UE) nº 1408/2013 modificado por el Reglamento (UE) 2024/3118

Requisitos clave

  • Haber obtenido al menos un resultado positivo por tuberculosis bovina entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
  • Cumplir los requisitos del artículo 3 de la Orden AGM/17/2024, de 2 de abril
  • No superar el límite de minimis de 50.000 € en cualquier período de tres años (Reglamento UE 1408/2013 modificado por UE 2024/3118)

Documentación requerida

  • Solicitud según modelo disponible en sede electrónica (www.larioja.org)
  • Declaración de ayudas de minimis recibidas durante cualquier período de tres años sujetas al Reglamento (UE) nº 1408/2013

Obligaciones posteriores

  • Someterse a las obligaciones establecidas en la Orden reguladora y en la normativa aplicable en materia de subvenciones

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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