Avido
No solicitable Cerrada Autonómica · Cantabria

Cheques de Innovación para pymes y autónomos de Cantabria

Pymes y autónomos con actividad económica en Cantabria

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO · nº 897483

Título oficial: Orden IND/16/2026, de 7 de abril, por la que se convoca para el año 2026 la línea de subvenciones “Cheques de Innovación”.

Subvenciones de hasta el 50 % del presupuesto subvencionable para que pymes y autónomos de Cantabria financien actuaciones de innovación: planes tecnológicos, mejoras industriales, protección de la propiedad industrial y procesos eficientes.

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Presupuesto

350.000 €

Plazo de solicitud

29 de 29 días

16/04/2026 — 15/05/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Autonómica · Cantabria

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Digitalización, Economía rural y medioambiente, I+D e innovación tecnológica, Inversiones productivas, Reformas y eficiencia energética

Cuantía por beneficiario

(hasta 50% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Financiar actuaciones de innovación empresarial: planes tecnológicos, aplicación de tecnologías industria 4.0, pruebas de concepto, rediseño de productos/procesos, TIC, patentes y métodos de gestión avanzada.

Quién puede solicitarla

Pymes y autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidos, titulares en Cantabria de una actividad económica recogida en las bases reguladoras y que la desarrollen de forma mayoritaria.

Periodo de ejecución

Inversiones realizadas entre el 10 de julio de 2025 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, facturadas y pagadas íntegramente dentro de dicho plazo.

Plazo de solicitud

Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Requisitos clave

  • Estar válidamente constituido en el momento de presentar la solicitud
  • Ser titular en Cantabria de una actividad económica de las relacionadas en el artículo 2.1 de la orden de bases y desarrollarla de forma mayoritaria
  • Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del IAE y en la Seguridad Social
  • Disponer de las autorizaciones exigidas por la normativa nacional y comunitaria para la actividad industrial, en su caso
  • Las inversiones deben realizarse y estar ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • Solo se puede solicitar subvención para una única actuación de las previstas

Gastos subvencionables

  • Gastos de consultoría y asesoramiento técnico vinculados a las actuaciones subvencionables
  • Para actuaciones tipo 2: gastos en inversiones materiales e inmateriales en activos nuevos

Documentación requerida

  • Anexo II debidamente cumplimentado para acreditar la solvencia técnica y experiencia previa del proveedor

Exclusiones

  • Cumplimiento de normativa obligatoria
  • Implantación de certificados de calidad, medio ambiente, marcados CE o certificados de obligado cumplimiento y similares
  • Análisis, ensayos o caracterizaciones habituales o recurrentes no vinculados a la actuación subvencionable
  • Formación de carácter general, técnica o científica
  • Asesoramiento jurídico, fiscal o financiero; servicios de publicidad, comunicación y marketing; planes estratégicos de negocio
  • Creación de páginas web y licencias de software de gestión o de actividades habituales de la empresa

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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