Bonotaxi para personas con discapacidad y movilidad reducida en Murcia
Personas con discapacidad empadronadas en el municipio de Murcia
AYUNTAMIENTO DE MURCIA · nº 934102
Título oficial: 202609001112 Ayudas individualizadas solicitadas por personas con discapacidad Bonotaxi
Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia para financiar desplazamientos en taxi a personas con discapacidad gravemente afectadas en su movilidad o con discapacidad visual grave y sordoceguera, con dificultades para usar el transporte público colectivo.
Presupuesto
45.273 €
Plazo de solicitud
14 de 27 díasQuedan 13 días
Abrió 13/10 · cierra 09/11/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Local
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Apoyo a personas y entidades
Detalle de la convocatoria
Objeto
Concesión de subvenciones (Bonotaxi) para desplazamientos en taxi a personas gravemente afectadas en su movilidad y con dificultades para utilizar transportes públicos colectivos, en el ejercicio 2026.
Quién puede solicitarla
Personas físicas empadronadas en Murcia al menos un año, con discapacidad reconocida de al menos el 33 % que acredite dificultades de movilidad o discapacidad visual grave/sordoceguera, y con renta per cápita de la unidad de convivencia por debajo de los límites establecidos en función del IPREM 2026.
Periodo de ejecución
Ejercicio 2026
Plazo de solicitud
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia
Cómo se presenta
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (www.murcia.es) y Oficinas Municipales de Información y Registro del Ayuntamiento de Murcia
Requisitos clave
- Empadronamiento en Murcia con al menos 1 año de antigüedad y mantenimiento del alta en el padrón durante el cobro
- Discapacidad reconocida de al menos el 33 % con baremo de movilidad que acredite dificultades para usar transporte colectivo (≥7 puntos RD 1971/1999 o ≥25 % BLAM RD 888/2022)
- Discapacidad visual grave (agudeza visual ≤0,1 en mejor ojo con corrección o campo visual ≤10 grados) o sordoceguera
- Renta per cápita de la unidad de convivencia: máx. 245 % del IPREM 2026 para 1 persona computable; 213 % para 2 o más
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y sin deudas con la Hacienda Municipal
- Tener justificadas subvenciones concedidas por este mismo concepto en convocatorias anteriores (2024 y 2025 si procede)
Gastos subvencionables
- Desplazamientos en taxi de personas gravemente afectadas en su movilidad con dificultades para utilizar transportes públicos colectivos
Documentación requerida
- Solicitud según modelo normalizado disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia y en www.murcia.es
- Documentación acreditativa del grado de discapacidad reconocido
- Documentación acreditativa del baremo de movilidad o de la discapacidad visual grave/sordoceguera
- Declaración responsable de no estar incurso en las causas del art. 13 de la Ley 38/2003
Exclusiones
- Personas que no acrediten el grado de discapacidad o el baremo de movilidad exigido
- Personas con renta per cápita de la unidad de convivencia superior a los límites establecidos
- Personas incursas en las circunstancias del art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- Personas con deudas con la Hacienda Municipal
- Personas que no hayan justificado subvenciones anteriores del mismo concepto
Obligaciones posteriores
- Permanecer en alta en el Padrón Municipal de Murcia mientras se perciba la ayuda
- Justificar la subvención concedida en esta convocatoria para poder acceder a convocatorias futuras del mismo concepto
- Mantener el cumplimiento de la declaración responsable durante el período de reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
El plazo cierra el 09/11/2026 — quedan 13 días para solicitarla.
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