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No solicitable Cerrada Local · Balears

Bonos de compra para el comercio y la restauración de Alcúdia

Autónomos, comercios y establecimientos de restauración del municipio de Alcúdia

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA · nº 895344

Título oficial: En sesión ordinaria celebrada día 9 de febrero de 2026, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Alcúdia ha aprobado las bases para la concesión de bonos de compra para la promoción y reactivación del comercio local del municipio de Alcúdia.

Convocatoria de los «Bons Viu Alcúdia»: bonos de compra para fomentar las ventas de comercios, pequeñas empresas y establecimientos de restauración con local abierto al público en Alcúdia.

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Presupuesto

50.000 €

Plazo de solicitud

9 de 9 días

03/04/2026 — 12/04/2026

Beneficiarios

Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Balears

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo

Detalle de la convocatoria

Objeto

Otorgamiento de bonos de compra («Bons Viu Alcúdia») para promover y reactivar el comercio local, con el fin de aumentar las ventas de pequeñas y medianas empresas del municipio de Alcúdia.

Quién puede solicitarla

Directos: personas físicas dadas de alta como autónomos y comercios, pequeñas empresas y establecimientos de restauración (cualquier forma jurídica) con local abierto al público en Alcúdia, encuadrados en los epígrafes del anexo 3 de las bases, que hayan mantenido actividad entre el 1 de noviembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026. Indirectos: personas físicas a partir de 16 años con residencia en el término municipal de Alcúdia.

Plazo de solicitud

10 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto en el BOIB.

Cómo se presenta

Sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Alcúdia (https://alcudia.eadministracio.cat), mediante el formulario habilitado.

Requisitos clave

  • Estar dado de alta como autónomo o ser comercio, pequeña empresa o establecimiento de restauración válidamente constituido.
  • Disponer de local abierto al público en el municipio de Alcúdia.
  • Estar encuadrado en los epígrafes del anexo 3 de las bases reguladoras.
  • Haber mantenido la actividad económica con apertura de local al público entre el 1 de noviembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026.

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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