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No solicitable Cerrada Local · Valencia/València

Bono comercial 2026 en Benaguasil: compra bonos al 50 %

Personas físicas mayores de 18 años empadronadas en Benaguasil

AYUNTAMIENTO DE BENAGUASIL · nº 922263

Título oficial: Convocatoria de subvenciones destinadas al bono comercial 2026.

El Ayuntamiento de Benaguasil pone en circulación bonos de 10, 20, 50 y 100 € para gastar en comercios, hostelería, alimentación y servicios adheridos, con un descuento del 50 % en su adquisición.

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Presupuesto

50.000 €

Plazo de solicitud

05/09/2026 — 05/09/2026

Beneficiarios

Persona física, Autónomo, PYME

Ámbito

Local · Valencia/València

Tipo de ayuda

Subvención a fondo perdido

Finalidad

Comercio y turismo

Cuantía por beneficiario

Hasta 50 € (hasta 50% del gasto)

Detalle de la convocatoria

Objeto

Incentivar el consumo en comercios, hostelería, alimentación y servicios del municipio mediante bonos con un 50 % de descuento subvencionado.

Quién puede solicitarla

Personas físicas mayores de 18 años empadronadas en Benaguasil, con tarjeta bancaria y sin estar incursas en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003.

Periodo de ejecución

Uso de bonos en establecimientos adheridos: del 15 de septiembre al 25 de octubre de 2026.

Plazo de solicitud

Adquisición de bonos: del 5 de septiembre de 2026 (desde las 09:00 h) al 25 de octubre de 2026, o hasta agotar el crédito disponible. Adhesión de establecimientos: del 1 de septiembre al 25 de octubre de 2026.

Cómo se presenta

Plataforma de venta online habilitada por la entidad colaboradora: www.bonocomercialbenaguasil.es

Forma de pago

La subvención se aplica en el momento de la compra del bono: el beneficiario paga el 50 % del valor nominal y el 50 % restante es la subvención directa. Compra online mediante tarjeta bancaria en www.bonocomercialbenaguasil.es.

Condiciones económicas

  • Aportación del beneficiario: 50%

Requisitos clave

  • Ser mayor de 18 años
  • Estar empadronado/a en Benaguasil
  • Disponer de tarjeta bancaria para la compra online
  • No estar incurso en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003
  • Límite máximo de compra: 100 € en bonos (pago de 50 €) por persona

Gastos subvencionables

  • Compras en comercios adheridos a la campaña
  • Consumo en establecimientos de hostelería adheridos
  • Compras en establecimientos de alimentación adheridos
  • Contratación de servicios en establecimientos adheridos

Documentación requerida

  • DNI (verificación electrónica del empadronamiento y la edad)
  • Tarjeta bancaria para la compra online de bonos

Exclusiones

  • Personas incursas en cualquiera de las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003
  • No se devuelve el importe de los bonos no utilizados

Obligaciones posteriores

  • Declarar la subvención recibida como ganancia patrimonial en el IRPF (salvo que la Ley indique lo contrario)
  • Los bonos no utilizados quedan sin efecto el 25 de octubre de 2026 a las 23:59 h sin derecho a devolución

Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.

Esta convocatoria ya está cerrada

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