Beca de formación práctica en podología de la UCLM (2026/2027)
Graduados en Podología matriculados en máster o doctorado en la UCLM
UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA · nº 927544
Título oficial: Convocatoria de beca en centros de atención sanitarios propios de la Universidad de Castilla-La Mancha para el Centro de Atención Podológica de la UCLM Delegada del rector para Salud y Relaciones con el Sistema Sanitario de la UCLM. Curso 2026/2027
Beca de formación práctica especializada en el Centro de Atención Podológica de la UCLM, con una dotación mensual bruta de 650 € más 350 € en concepto de gastos de formación.
Presupuesto
11.119 €
Plazo de solicitud
8 de 8 días01/09/2026 — 09/09/2026
Beneficiarios
Persona física
Ámbito
Otros
Tipo de ayuda
Subvención a fondo perdidoAyuda económica que no hay que devolver: cubre parte del gasto y el beneficiario no reembolsa el importe concedido.
Finalidad
Educación, cultura y deportes, Premios, concursos y (otras) becas
Cuantía por beneficiario
Hasta 11.119 €
Detalle de la convocatoria
Objeto
Beca de formación práctica especializada en el Centro de Atención Podológica de la UCLM (CAP), para colaborar en actividades de aprendizaje en competencias específicas en un entorno profesional de podología.
Quién puede solicitarla
Personas con título de Graduado en Podología, matriculadas en un máster oficial o doctorado en la UCLM, pertenecientes al Colegio Oficial de Podólogos de Castilla-La Mancha y con seguro de responsabilidad civil.
Periodo de ejecución
Curso académico 2026/2027
Plazo de solicitud
Del 1 de septiembre de 2026 al 9 de septiembre de 2026 hasta las 14:00 horas
Forma de pago
Pago mensual: 650 € brutos/mes + 350 € brutos/mes en concepto de gastos de formación por mes completo
Requisitos clave
- Estar en posesión del título de Graduado Universitario en Podología
- Estar matriculado en un Máster Oficial o doctorado en la UCLM
- Pertenecer al Colegio Oficial de Podólogos de Castilla-La Mancha y estar al corriente de pago
- Disponer de seguro de responsabilidad civil conforme a la Ley 44/2003
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
- No haber renunciado previamente a una beca de la UCLM sin causa justificada
Exclusiones
- Estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de obligaciones sin causa justificada
Obligaciones posteriores
- Prestar colaboración en el CAP bajo la tutela del Comité de Dirección Técnica del CAP
- Cumplir el plan formativo y la planificación de actividades previstos en los anexos I y II de la convocatoria
Resumen generado automáticamente a partir del extracto oficial. Consulta siempre las bases reguladoras.
Esta convocatoria ya está cerrada
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